RESOLUCIÓN 69/2017, de 16 de enero, de modificación de la delegación de competencias para la emisión de certificados acreditativos de superación de niveles de lenguas o certificados de asistencia o superación de cursos realizados en el ámbito del plan de lenguas de la UPC.
Sección | Concursos y Anuncios |
Emisor | UNIVERSIDADES CATALANAS |
Rango de Ley | Resolución |
HISTORIA Y FUNDAMENTOS DE DERECHO
-
Conforme con las atribuciones que le otorga la legislación vigente el rector emitió la Resolución 1349/2014, de 22 de octubre, de delegación de competencias (DOGC núm. 6739 de 30.10.2014), modificada por la Resolución 1454/2014, de 20 de noviembre (publicada en el DOGC núm. 6756 de 24.11.2014), por la Resolución 1450/2015 del 6 de octubre (DOGC núm. 6986 de 29.10.2015) y la Resolución núm. 1764/2016 (DOGC núm. 7237 de 31.10.2016).
-
El rector ha reestructurado algunas de las funciones del Consejo de Dirección y ha asignado a la vicerrectora de Relaciones Internacionales las funciones en materia de política lingüística.
-
Para adaptar la actuación de los miembros del Consejo de Dirección a la redistribución de estas funciones corresponde asignar a la vicerrectora de Relaciones Internacionales las competencias en materia de emisión de certificados acreditativos de superación de niveles de lenguas o certificados de asistencia o superación de cursos realizados dentro del Plan de Lenguas de la UPC (competencias número 9.1, 9.2, 9.3 y 9.4).
Por todos estos antecedentes y fundamentos de derecho y conforme a las atribuciones que me otorga la normativa vigente
RESUELVO
PRIMERO.- Modificar las delegaciones de competencia en materia de emisión de certificados acreditativos de superación de niveles de lenguas o certificados de asistencia o superación de cursos realizados dentro del Plan de Lenguas de la UPC (competencias 9.1, 9.2, 9.3 y 9.4).
SEGUNDO.-Delegar las siguientes competencias a favor de la vicerrectora o el vicerrector de Relaciones Internacionales:
9. DELEGACIONES DE COMPETENCIAS PARA LA EMISIÓN DE CERTIFICADOS ACREDITATIVOS DE SUPERACIÓN DE NIVELES DE LENGUAS O CERTIFICADOS DE ASISTENCIA O SUPERACIÓN DE CURSOS REALIZADOS EN EL MARCO DEL ÁMBITO DEL PLAN DE LENGUAS DE LA UPC | |
No. | COMPETENCIA |
9.1 | Emisión de certificados oficiales de nivel de catalán: básico, elemental, suficiencia y superior a favor de aquellas personas que hayan cursado la formación previa, se han examinado en la UPC y hayan obtenido la calificación de APTOS. En el caso de personal docente e investigador (PDI), también, si han realizado el examen oficial del correspondiente nivel y han obtenido la calificación de APTO |
9.2 | Emisión de Certificados de Lenguas de las Universidades de Cataluña (CLUC) del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MECRL) para las personas que acrediten el nivel |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba