RESOLUCIÓN BSF/917/2013, de 22 de abril, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones del Departamento de Bienestar Social y Familia para entidades en el ejercicio 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyResolución

Mediante la Orden BSF/32/2012, de 16 de febrero, por la que se aprueban las bases que deben regir las convocatorias de subvenciones del Departamento de Bienestar Social y Familia para entidades (DOGC núm. 6076, de 28.2.2012), se establecen las bases para a las subvenciones a convocar para entidades.

En concreto, de los programas de subvenciones previstos en la Orden mencionada, mediante esta Resolución únicamente se abre la convocatoria para los programas de subvenciones en materia de lucha contra los malos tratos, contra la violencia machista y violencia familiar, infancia y adolescencia e inmigración.

Considerando el artículo 2 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, que establece que todas las mujeres que se encuentran en situación de violencia machista, y también sus hijos e hijas dependientes, tienen garantizados los derechos que esta Ley les reconoce, entre los que se incluyen el de atención, asistencia, protección, recuperación y reparación integral;

Considerando el artículo 94 de la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y oportunidades de la infancia y la adolescencia, al establecer que el departamento competente en materia de infancia y adolescencia debe dar apoyo a los programas que desarrollen los entes locales y las entidades de iniciativa social especializadas dirigidos a niños o adolescentes víctimas de maltrato;

Considerando la Ley 10/2010, de 7 de mayo, de acogida de las personas inmigradas y de las regresadas a Cataluña, y el artículo 69 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, que prescribe la necesidad de que los poderes públicos impulsen el fortalecimiento del movimiento asociativo entre los inmigrantes, y apoyen los sindicatos, organizaciones empresariales y organizaciones no gubernamentales que, sin ánimo de lucro, favorezcan su integración social, facilitando ayuda económica, tanto a través de programas generales como en relación con sus actividades específicas;

Considerando la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, que por su carácter básico tienen afectaciones sobre las normas reguladoras de bases de las subvenciones elaboradas por la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Considerando el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, la Ley 1/2012, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2012, y el Decreto 170/2012, de 27 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2012 mientras no entren en vigor los de 2013;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

Resuelvo:

-1 Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Departamento de Bienestar Social y Familia para entidades en el ejercicio 2013, para los programas de los anexos 2, 4 y 5 de la Orden BSF/32/2012, de 16 de febrero, y que se...

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