ORDEN IRP/22/2009, de 29 de enero, sobre la determinación de las remuneraciones económicas asociadas a las medallas concedidas con motivo de incapacidad permanente total, absoluta y de gran invalidez.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/22/2009, de 29 de enero, sobre la determinación de las remuneraciones económicas asociadas a las medallas concedidas con motivo de incapacidad permanente total, absoluta y de gran invalidez.

La Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, establece, en el artículo 65.1, que las personas miembros del cuerpo de mozos de escuadra pueden ser distinguidas o recompensadas si se aprecia alguna de las circunstancias o alguno de los supuestos que sean determinados por reglamento.

Este desarrollo reglamentario se llevó a cabo mediante la aprobación del Decreto 184/1995, de 13 de junio, de regulación de los uniformes reglamentarios, los distintivos, las distinciones, los saludos y la identificación del cuerpo de policía de la Generalidad-mozos de escuadra, modificado por el Decreto 257/1999, de 6 de septiembre.

El capítulo 2 del Decreto 184/1995, de 13 de junio, dedicado a las recompensas y las distinciones, prevé, en el artículo 5.3, la posibilidad de que mediante una orden del consejero de Gobernación, actualmente de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, se determinen las medallas a las que corresponda una remuneración económica, así como su cuantía.

En fecha 28 de julio de 2008, el Consejo de la Policía-Mozos de Escuadra aprobó el Acuerdo entre el Departamento de lnterior, Relaciones Institucionales y Participación y las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de mozos de escuadra, sobre regulación de la segunda actividad y la integración laboral del personal con invalideces permanentes, que en su apartado .tercero. fija un compromiso de las partes sobre el reconocimiento especial de las incapacidades permanentes sobrevenidas derivadas de accidente de trabajo o en acto de servicio.

Este reconocimiento se instrumenta mediante la asignación de una remuneración económica a las medallas concedidas a los miembros del cuerpo de mozos de escuadra en base a lo que prevén los artículos 5.3 y siguientes del Decreto 184/1995, de 13 de junio.

En consecuencia, de conformidad con la disposición final de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y el artículo 5.3 del Decreto 184/1995, de 13 de junio, de regulación de los uniformes reglamentarios, los distintivos, las...

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