ORDEN BSF/227/2011, de 2 de septiembre, por la que se da publicidad a la relación de tasas vigentes durante el año 2011 que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

BSF/227/2011, de 2 de septiembre, por la que se da publicidad a la relación de tasas vigentes durante el año 2011 que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia.

La disposición adicional tercera del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, establece que, dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de la ley que modifique o cree tasas o actualice los importes, los departamentos de la Generalidad de Cataluña que gestionen las tasas afectadas tienen que publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , mediante una orden del consejero o consejera competente en la materia, y con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, en que identifiquen los servicios y las actividades que devenguen cada una de ellas y la cuota correspondiente.

El importe de las tasas se ha incrementado de acuerdo con el coeficiente de actualización de las tasas con tipo de cuantía fija que establece el artículo 49 de la Ley 6/2011, de 27 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2011.

Por tanto, teniendo en cuenta el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, y de acuerdo con el artículo 39.3 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,

Ordeno:

Dar publicidad a las tasas y las correspondientes cuotas que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia para el ejercicio 2011, que se especifican en el anexo de esta Orden.

Barcelona, 2 de septiembre de 2011

Josep Lluís Cleries i Gonzàlez

Consejero de Bienestar Social y Familia

Anexo

Relación de las tasas vigentes y las correspondientes cuotas que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia

Concepto: tasas por las actuaciones del Registro de entidades, servicios y establecimientos sociales.

Cuantía:

a) Por la inscripción de servicios residenciales: 230,90 euros.

b) Por la inscripción de servicios diurnos: 155,15 euros.

c) Por la inscripción de otros servicios: 117,50 euros.

d) Por modificaciones de asientos registrales: 21,25 euros.

e) Por certificaciones de asientos registrales: 12,05 euros.

f) Por la reproducción de listas del Registro de Entidades, servicios y establecimientos sociales: 37,30 euros.

Concepto: tasa por la inspección de...

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