ORDEN TES/58/2013, de 10 de abril, de modificación de la Orden MAH/334/2010, de 1 de junio, por la que se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Catalana del Agua.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyOrden

La Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece la obligación que la creación, la modificación o la supresión de los ficheros de las administraciones públicas se haga mediante una disposición de carácter general publicada en el correspondiente diario oficial.

En cumplimiento de esta obligación, el consejero de Medio Ambiente y Vivienda, departamento en el que estaba adscrita la Agencia Catalana del Agua hasta la aprobación del Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y del Decreto 44/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, dictó la Orden MAH/334/2010, de 1 de junio, por la que se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Catalana del Agua.

Desde la publicación de la mencionada Orden MAH/334/2010, de 1 de junio, se han realizado algunos cambios con respecto al contenido y las características de algunos de los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Catalana del Agua.

Asimismo, con el fin de gestionar de manera automatizada el funcionamiento del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua y del Consejo para el Uso Sostenible del Agua, se considera necesaria la creación de dos nuevos ficheros que contienen datos de carácter personal.

La disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, habilita a los consejeros de la Generalidad, dentro del ámbito de las competencias respectivas, para crear, modificar y suprimir mediante una Orden los ficheros de los entes públicos vinculados a ellos o que dependan de los mismos.

Dado que, de conformidad con el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y con el Decreto 44/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, este es el departamento de adscripción de la Agencia Catalana del Agua.

De acuerdo con el informe previo de la Autoridad Catalana de Protección de Datos y el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, y de conformidad con las atribuciones que me han sido conferidas por la disposición adicional tercera de la Ley de la autoridad catalana de protección de datos,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto la modificación de la Orden MAH/334/2010, de 1 de junio, por la que se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Catalana del Agua, con el fin de modificar la denominación y la descripción de algunos de estos ficheros y para crear dos nuevos.

Artículo 2

Creación de ficheros

2.1 Se crean los siguientes ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Catalana del Agua y que se describen en el anexo 1:

Consejo de Administración

Consejo para el Uso Sostenible del Agua.

2.2 En consecuencia, se añaden los números 20 y 21 al artículo 1.2 de la Orden MAH/334/2010, de 1 de junio, por la que se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Catalana del Agua, con el contenido siguiente:

20. Consejo de Administración

21. Consejo para el Uso Sostenible del Agua.”

2.3 Asimismo, se añaden dos nuevos apartados 20 y 21 al anexo de la Orden MAH/334/2010, de 1 de junio, por la que se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Catalana del Agua, con el contenido que figura en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 3

Modificación de ficheros

3.1 Se modifican los ficheros Tributo, Ampliación tramo y Preguntas parlamentarias, previstos en el artículo 1.2 y descritos en el anexo de la Orden MAH/334/2010, de 1 de junio, por la que se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Catalana del Agua, en los términos que se indican en los apartados siguientes de este artículo, quedando configurados tal como se especifica en el anexo 2 de esta Orden.

3.2 Se modifican los apartados siguientes del fichero “Tributo”: Finalidad y usos previstos, Procedimiento de recogida, Procedencia de los datos, Estructura del fichero y tipo de datos tratados y Sistema de tratamiento.

3.3 El fichero “Ampliación tramo” pasa a denominarse "Ampliación de tramo y tarifas especiales" y se modifican los apartados siguientes: Denominación, Finalidad y usos previstos, Personas y colectivos afectados, Estructura del fichero y tipo de datos...

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