ORDEN PRE/13/2013, de 23 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio Ramon Juncosa d'Assaig i Biografia.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

Visto el Decreto 325/2011, de 26 de abril, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, que establece que la Casa de la Generalidad en Perpiñán depende de la Secretaría del Gobierno;

Dado que la Casa de la Generalidad en Perpiñán tiene como una de sus misiones la promoción de la cooperación entre los catalanes y catalanas del norte y los del sur en todos los ámbitos de la vida social y económica: comercial, laboral, lingüístico, cultural, turístico, asociativo, deportivo, etc. Dado que per alcanzar esta misión la Casa de la Generalidad en Perpiñán da apoyo a acciones destinadas a favorecer el uso social del catalán y la dinamización de la cultura catalana en la Cataluña del Norte;

De acuerdo con lo que disponen el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del Text refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases que deben regir la concesión del Premio Ramon Juncosa d’Assaig i Biografia, que constan en el anexo de esta Orden.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden VPC/23/2010, de 15 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio Ramon Juncosa d’Assaig i Biografia, publicada al DOGC núm. 5554 de fecha 27.1.2010

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Contra esta Orden o sus bases se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación, según lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.

Barcelona, 23 de enero de 2013

Francesc Homs i Molist

Consejero de la Presidencia

ANEXO

Bases reguladoras

—1 Objeto

El objeto del Premio Ramon Juncosa d’Assaig i Biografia es fomentar la elaboración de trabajos de investigación y estudio de tipo sociológico, histórico, político o cultural en relación directa con la Cataluña Norte y de biografías de personas estrechamente vinculadas con este mismo territorio.

Los trabajos podrán desarrollar un tema único o diversos temas íntimamente relacionados, pero no podrán ser de ninguna manera una simple recopilación de artículos diferentes sobre temáticas parecidas.

Los ensayos que opten a este premio deberán tener una extensión de 100 a 200 hojas, que tendrán que estar mecanografiadas y encuadernadas.

Los originales serán estrictamente inéditos y escritos en lengua catalana, procurando el uso no sexista ni androgénico del lenguaje, y no tienen que haber sido premiados en otros concursos.

—2 Personas destinatarias

Personas físicas que presenten trabajos como los descritos en la base reguladora Primera.

—3 Requisitos de las personas destinatarias

Podrán ser persones beneficiarias del premio las personas a las que se refiere la base reguladora segunda, y en las que no concurra ninguno de los supuestos de la prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias de subvenciones previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

—4 Compatibilidad con otras subvenciones

El Premio Ramon Juncosa d’Assaig i Biografia es incompatible con la...

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