ORDEN GAP/266/2004, de 9 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las organizaciones sindicales y se convocan las correspondientes al año 2004.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
GAP/266/2004, de 9 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las organizaciones sindicales y se convocan las correspondientes al año 2004.
El Decreto 341/2003, de 29 de diciembre, por el que se prorrogan, a partir del 1 de enero de 2004, los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2003, aprobados por la Ley 30/2002, de 30 de diciembre, prevé la consignación presupuestaria para hacer frente a las ayudas destinadas a subvencionar la acción y la formación sindicales, el cual debe ser distribuido en relación con la representatividad obtenida por las diferentes organizaciones sindicales, hasta el mes de diciembre de 2003.
Visto lo que prevén el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,
Ordeno:
Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las organizaciones sindicales, las cuales se publican en el anexo de esta Orden.
2.1 Convocar las ayudas para el año 2004 destinadas a las organizaciones sindicales.
2.2 El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes a partir de la publicación de esta Orden en el DOGC.
2.3 Las ayudas establecidas en esta Orden serán a cargo de la partida presupuestaria 1102D/480110400/3151 del presupuesto prorrogado para el año 2004, del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, con un importe máximo de 110.995,00 euros.
Las subvenciones otorgadas de más de 6.000 euros se publicarán en el DOGC y se indicará el beneficiario, la cantidad concedida, los fines de la subvención y el crédito presupuestario al que se han imputado.
Barcelona, 9 de julio de 2004
Joan Carretero i Grau
Consejero de Gobernación
y Administraciones Públicas
Anexo
Bases
.1 Régimen jurídico
El régimen jurídico aplicable a estas ayudas lo integran el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
.2 Objeto de las ayudas
El objeto de las ayudas es el fomento de la acción y la formación que realizan las organizaciones sindicales en los ámbitos del personal funcionario de administración y técnico, del personal docente no universitario, del personal...
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