ORDEN PRE/72/2002, de 13 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas a las comunidades catalanas del exterior y se convocan las correspondientes al año 2002.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/72/2002, de 13 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas a las comunidades catalanas del exterior y se convocan las correspondientes al año 2002.

Un de los objetivos de la Secretaría de Relaciones Exteriores es promover e intensificar las relaciones entre las comunidades catalanas del exterior y Cataluña, así como potenciar las actividades sociales y de proyección exterior de Cataluña, a cargo de estas entidades representantes de la presencia catalana por todo el mundo.

Dado lo que prevén el capítulo 9 del texto consolidado del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2002; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las comunidades catalanas del exterior, las cuales se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas para el año 2002 destinadas a las comunidades catalanas del exterior oficialmente reconocidas de acuerdo con la Ley 18/1996, de 27 de diciembre, de relaciones con las comunidades catalanas del exterior, y con el reglamento que la desarrolla.

2.2 Las ayudas previstas en esta convocatoria se rigen por las bases reguladoras que se publican en el anexo de la presente Orden y por la normativa general de subvenciones

2.3 El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

2.4 Las ayudas establecidas en esta convocatoria irán a cargo de la partida presupuestaria 10.08.480.10.08 del presupuesto del Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña para 2002, con un importe máximo de 841.417 euros.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 13 de marzo de 2002

Artur Mas i Gavarró

Primer consejero

Anexo

Bases reguladoras de las ayudas a las comunidades catalanas del exterior

-1 Objeto de las ayudas

El objeto de esta línea de ayudas es la promoción de actividades de carácter asistencial, social y /o cultural programadas por las comunidades catalanas del exterior, que podrán destinarse a las tres actuaciones siguientes:

a) Actividades sociales y culturales: organización de actividades culturales que den a conocer Cataluña, su lengua, cultura y tradiciones.

b) Funcionamiento de los centros: creación, modernización y mantenimiento de las sedes, instalaciones y equipamientos de las comunidades catalanas del exterior.

c) Actividades asistenciales: ayudas asistenciales de carácter puntual a miembros de las comunidades catalanas del exterior en situación de especial...

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