ORDEN ARP/172/2005, de 13 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas complementarias en materia de formación profesional agraria, y se convocan las correspondientes al año 2005.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/172/2005, de 13 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas complementarias en materia de formación profesional agraria, y se convocan las correspondientes al año 2005.

La Orden de 1 de agosto de 1996 (DOGC núm. 2247, de 23.8.1996), sobre ayudas en materia agraria, establecía una serie de ayudas en materia agraria, pesquera y forestal, y en concreto en la sección 1 implantaba una línea de ayudas para la capacitación profesional agraria, con un carácter complementario a las ayudas del régimen general y desde la perspectiva de la mejora de la calificación de los profesionales del sector agrario.

Considerando el tiempo transcurrido desde la publicación de esta Orden y vista la experiencia adquirida en la concesión de estas ayudas, es preciso actualizarla.

En consecuencia se ha procedido a racionalizar la concesión y adaptarla a la nueva normativa en materia de subvenciones, de acuerdo con los recursos económicos disponibles para el año 2005.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas complementarias en materia de formación profesional agraria, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas correspondientes al año 2005 de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en el artículo 1 de esta Orden.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC.

Las solicitudes presentadas fuera de plazo se considerarán desestimadas.

2.3 Las ayudas que prevé esta convocatoria serán a cargo de la aplicación presupuestaria 1703D/485170000/4226 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2005, por un importe máximo de 180.000 euros.

Disposición derogatoria

Queda derogada la sección 1 de la Orden de 1 de agosto de 1996, sobre establecimiento de ayudas en materia agraria (DOGC núm. 2247, de 23.8.1996).

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 13 de abril de 2005

Antoni Siurana i Zaragoza

Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca

Anexo

Bases reguladoras

.1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a las ayudas que regulan estas bases lo integran el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003); la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como lo que dispongan las correspondientes leyes de presupuestos de la Generalidad de Cataluña.

.2 Objeto de las ayudas

Se establece una línea de ayudas complementarias en materia de formación profesional agraria.

.3 Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de las ayudas que establece esta...

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