ORDEN ARP/190/2006, de 12 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al sector apícola en concepto de subvención por polinización, y se convocan las correspondientes al año 2006.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/190/2006, de 12 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al sector apícola en concepto de subvención por polinización, y se convocan las correspondientes al año 2006.

La apicultura ha sido y es una actividad tradicional, implantada en muchas zonas rurales de Cataluña en las que actúa como actividad agraria principal o complementaria de otras actividades agrarias para muchos de sus agricultores.

Así pues, la actividad apícola proporciona una parte importante de los ingresos de los agricultores y contribuye al mantenimiento de la población en zonas de montaña o zonas desfavorecidas y refuerza su tejido económico y social.

La actividad apícola favorece el incremento de la polinización que hacen las abejas y, en consecuencia, ayuda al mantenimiento, la conservación y el equilibrio de los ecosistemas y del entorno natural de donde se encuentran los abejares.

La polinización favorece la conservación de determinadas especies vegetales silvestres y el incremento de rendimientos de otras especies cultivadas, especialmente las fructícolas.

Valorando el beneficio que la apicultura reporta en conjunto a la agricultura y al medio ambiente se considera necesario conservar y fomentar esta actividad.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas al sector apícola en concepto de subvención por polinización, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas correspondientes al año 2006, de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en el artículo 1 de esta Orden.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de este Orden en el DOGC.

2.3 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito al solicitante será de seis meses contado a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de falta de resolución expresa en el plazo establecido, la solicitud se entiende desestimada.

2.4 Las ayudas que establece esta Orden van a cargo de la partida presupuestaria AG02D/782000100/6120 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, dotada con un importe máximo de 200.222 euros.

Disposición derogatoria

Se derogan las disposiciones siguientes:

Orden ARP/85/2004, de 26 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al sector apícola en concepto de subvención por polinización, y se convocan las correspondientes al año 2004 (DOGC núm. 4107, de 6.4.2004).

Orden ARP/58/2005, de 14 de febrero, por la que se convocan las ayudas al sector apícola en concepto de subvención por polinización correspondientes al año 2005 (DOGC núm. 4326, de 18.2.2005).

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 12 de abril de 2006

Antoni Siurana i Zaragoza

Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca

Anexo

Bases reguladoras

.1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a las ayudas que regulan estas bases lo integran el Decreto 221/1983, de 9 de junio, sobre regulación de la actividad apícola (DOGC núm. 340, de 29.6.1983); la Orden de 6 de febrero de 1985, por la que se regula la actividad apícola (DOGC núm. 523, de 22.3.1985); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003); el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002); la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989), y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), así como lo que dispongan las leyes correspondientes de presupuestos de la Generalidad de Cataluña.

.2 Objeto de la ayuda

Se establece una línea de ayudas con el fin de subvencionar a los/las apicultores/ras que se comprometan a mantener las colmenas objeto de ayuda durante un período mínimo de tres meses contado desde el día siguiente de la fecha de...

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