ORDEN CLT/300/2006, de 8 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Dirección del Departamento de Cultura.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

CLT/300/2006, de 8 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Dirección del Departamento de Cultura.

El artículo 3 del Decreto 478/2004, de 28 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Cultura, regula el Consejo de Dirección como una unidad de asistencia y apoyo al/a la consejero/a. Este precepto dispone que el Consejo de Dirección está presidido por el/la consejero/a de Cultura e integrado, además, por el/la secretario/a general, los/las directores/as generales, y el resto de personas que el/la consejero/a designe. Tiene como función asistir al/a la consejero/a en la elaboración de la política del Departamento y en el seguimiento de la ejecución de esta política.

Esta Orden tiene por objeto desarrollar la regulación del mencionado Decreto sobre la organización y el funcionamiento del Consejo de Dirección. A fin de facilitar el ejercicio de las funciones del Consejo de Dirección, coordinar mejor las políticas sectoriales del Departamento de Cultura y coadyuvar en los procesos que preceden la toma de decisiones del/de la consejero/a, se prevé que el Consejo disponga, además del Pleno, de una Comisión Ejecutiva y unas comisiones sectoriales. Con esta organización se garantiza una mayor profundización en los temas que se tratan y permite mejorar la eficacia en el ejercicio de las funciones atribuidas.

Considerando lo que disponen el artículo 61 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la disposición final segunda del Decreto 478/2004, de 28 de diciembre,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Dirección del Departamento de Cultura, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.

Disposición final Artículos 1 a 14

Esta Orden entra en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 8 de junio de 2006

Ferran Mascarell i Canalda

Consejero de Cultura

Anexo

Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Dirección del Departamento de Cultura

Artículo 1

Naturaleza

El Consejo de Dirección del Departamento de Cultura es el órgano colegiado de asistencia y apoyo al/a la consejero/a de Cultura que debate y propone las directrices estratégicas y las líneas de actuación del Departamento y realiza el seguimiento de su implementación.

Artículo 2

Organización

2.1 El Consejo de Dirección funciona en Pleno, en Comisión Ejecutiva y en las comisiones sectoriales siguientes:

a) Comisión Sectorial de Acción Cultural.

b) Comisión Sectorial de Patrimonio Cultural.

c) Comisión Sectorial de Acción Territorial.

2.2 Las secretarías de estos órganos pueden ser ejercidas por uno de sus miembros o por personal del Departamento de Cultura. Corresponde a las secretarías redactar las actas de las sesiones y, en su caso, realizar funciones de asesoramiento y seguimiento de los acuerdos tomados.

2.3 El Pleno puede crear comisiones temporales y ha de fijar sus funciones y composición.

Artículo 3

Pleno

El Pleno del Consejo de Dirección está integrado por los siguientes miembros:

a) Consejero/a, que es el/la presidente/a.

b) Secretario/a general, que es el/la vicepresidente/a.

c) Director/a de Servicios.

d) Director/a...

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