ORDEN ENS/16/2002, de 16 de enero, por la que se regula el régimen de autonomía de gestión económica de los servicios educativos del Departamento de Enseñanza.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ENS/16/2002, de 16 de enero, por la que se regula el régimen de autonomía de gestión económica de los servicios educativos del Departamento de Enseñanza.

La gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios del Departamento de Enseñanza está regulada por la Ley 4/1988, de 28 de marzo, reguladora de la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 235/1989, de 12 de septiembre, por la que regula el procedimiento para llevar a cabo la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios del Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña, y la Orden de 16 de enero de 1990, que ha desarrollado el Decreto 235/1989.

Por el Decreto 155/1994, de 28 de junio, se regulan los servicios educativos del Departamento de Enseñanza, los cuales, actualmente son los siguientes: los centros de recursos pedagógicos, los campos de aprendizaje, los equipos de asesoramiento y orientación psicopedagógica y los centros de recursos educativos para deficientes auditivos.

La gestión económica de los diferentes servicios educativos se realiza de acuerdo con la normativa ordinaria, habiéndose manifestado cada vez más, como requisito para mejorar la calidad del servicio, la necesidad de disponer de autonomía de gestión económica. Esta falta de autonomía no se manifiesta, sin embargo, con la misma necesidad y urgencia, en los diferentes servicios educativos.

Así pues, es conveniente que en los servicios educativos se pueda iniciar la implantación de la autonomía de gestión económica, en el marco de la regulación de la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios del Departamento de Enseñanza, con las adaptaciones adecuadas.

Por este motivo la disposición adicional 15 de la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, ha extendido el régimen de autonomía de gestión económica a los servicios educativos del Departamento de Enseñanza con las adaptaciones derivadas de los diferentes órganos que tienen los servicios educativos. Esta disposición también faculta para que, mediante una orden del Departamento de Enseñanza se determinen los servicios educativos que de manera progresiva se acogerán al régimen de autonomía de gestión económica.

Por todo ello, a propuesta...

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