DECRETO 281/2007, de 24 de diciembre, de reestructuración de la Dirección General de Tributos del Departamento de Economía y Finanzas.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyDecreto

DECRETO

281/2007, de 24 de diciembre, de reestructuración de la Dirección General de Tributos del Departamento de Economía y Finanzas.

  1. La creación de la Agencia Tributaria de Cataluña mediante la Ley 7/2007, de 18 de julio, que asumirá las funciones de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias en el ámbito de la Generalidad de Cataluña, hace necesaria la redefinición de las funciones de la Dirección General de Tributos y de los servicios territoriales del Departamento de Economía y Finanzas. En este nuevo orden, a la Dirección General de Tributos le corresponden aquellas funciones relacionadas con el diseño de la política global de los ingresos tributarios, la elaboración de los proyectos normativos en el ámbito tributario y el asesoramiento y asistencia técnica en materia tributaria, tanto a los departamentos y organismos de la Generalidad como, en general, a la ciudadanía mediante la respuesta a sus consultas.

    Con respecto al diseño de la política fiscal, las tareas que la Dirección General tiene que llevar a cabo se concretan, por una parte, en la realización de estudios previos de orden económico, mediante la evaluación de los resultados y de la eficacia de las acciones normativas previas, la previsión de los efectos económicos que puedan derivarse de las eventuales propuestas normativas, y la realización de simulaciones sobre bases de datos reales, utilizando tanto datos propios como datos obtenidos de otras fuentes y entes con quienes la Dirección General tiene que mantener entornos de coordinación; y por otra parte, en la realización de estudios de carácter jurídico que evalúen la idoneidad jurídica de las propuestas tanto a nivel de su legalidad y constitucionalidad como de su adecuación a la normativa de la Unión Europea.

    Las acciones normativas de la Dirección General de Tributos surgen tanto de los estudios mencionados en el párrafo anterior, como de la necesidad de dotar a la Agencia Tributaria de Cataluña de los instrumentos necesarios para ejecutar las tareas de gestión tributaria que tiene encomendadas (aprobación de modelos de autoliquidación, regulación de presentación y tramitación telemática de documentos, etc.). Y esta función normativa tiene que resultar todavía más relevante en la futura asunción de nuevas competencias normativas en tributos cedidos, conforme a lo previsto en el artículo 203.3 y disposiciones adicionales 8ª y 11ª del Estatuto de autonomía de Cataluña.

    Cabe destacar la continuidad de las tareas de apoyo y asistencia técnica que viene realizando la Dirección General de Tributos a los departamentos de la Generalidad y organismos y entes que dependen de éstos. Estas tareas comportan la asistencia técnico-jurídica .en tanto que expertos en materia tributaria. en las dudas que aquellos órganos y entes puedan tener en la aplicación de la normativa tributaria, tanto autonómica como estatal, y, por lo tanto, en todos aquellos tributos aplicables al territorio de Cataluña .estatales, autonómicos y locales.. En este sentido, la tarea a menudo trasciende la emisión de un informe: en ocasiones la Dirección General de Tributos se convierte en el enlace tanto con la Agencia Estatal de Administración Tributaria como con la dirección general homóloga del Ministerio de Economía y Hacienda, puesto que es este último órgano de la Administración del Estado el que tiene la competencia para la interpretación auténtica de la normativa tributaria estatal.

    Finalmente, no se puede descuidar que la Dirección General de Tributos es el órgano que, de acuerdo con la normativa tributaria general, tiene atribuidas determinadas competencias en relación con la interpretación de las normas tributarias propias. En este sentido, le corresponden la función de emisión de resoluciones en respuesta a las consultas tributarias escritas de los ciudadanos y ciudadanas; por otro lado, le corresponde también la elaboración de las propuestas de...

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