RESOLUCIÓN ENS/661/2002, de 19 de marzo, por la que se aprueba la reducción del número de unidades concertadas del centro docente privado Amor de Dios, de Barcelona.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

ENS/661/2002, de 19 de marzo, por la que se aprueba la reducción del número de unidades concertadas del centro docente privado Amor de Dios, de Barcelona.

Por la Resolución de 19 de febrero de 1998 (DOGC núm. 2600, de 17.3.1998) se aprobó el concierto educativo del centro docente privado Amor de Dios, de Barcelona, para 18 unidades de educación primaria.

El Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, establece en el artículo 30.1 la posibilidad de modificar los conciertos educativos suscritos con los centros docentes privados, bien por la disminución del número de unidades o grupos autorizados o en funcionamiento, bien porque el centro no consigue la relación media alumnos/profesor por unidad escolar concertada.

El artículo 30.4 del mencionado Decreto establece la posibilidad de reducir de oficio las unidades o grupos concertados, con audiencia previa del interesado.

Examinado el expediente iniciado de oficio por la Resolución del director general de Centros Docentes de 4 de enero de 2002, en aplicación de la normativa mencionada, con la finalidad de reducir el número de unidades concertadas al centro Amor de Dios, de Barcelona, se ha comprobado que el número de alumnos resultante del proceso de matriculación no justifica el mantenimiento del concierto.

Habiéndose tramitado el expediente, de acuerdo con lo que disponen el artículo 28 y siguientes del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, y el resto de normativa aplicable;

A propuesta de la Dirección General de Centros Docentes,

Resuelvo:

-1 Aprobar la modificación del concierto educativo del centro docente privado Amor de Dios, de Barcelona, por reducción de unidades concertadas en el nivel de educación primaria, dado que el número de alumnos resultante del proceso de matriculación no justifica el mantenimiento del concierto.

-2 La delegación territorial correspondiente del Departamento de Enseñanza comunicará al titular del centro las circunstancias necesarias para la formalización de la modificación del concierto correspondiente.

-3 Esta reducción tendrá efectos a partir del inicio del curso escolar 2001-2002 y se inscribirá en el Registro de centros docentes.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso...

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