ORDEN IRP/33/2009, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático, y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones, para los años 2009-2010.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/33/2009, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático, y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones, para los años 2009-2010.

El artículo 54.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña, aprobado en el 2006, establece que la Generalidad y los otros poderes públicos de Cataluña tienen que velar por el conocimiento y el mantenimiento de la memoria histórica de Cataluña como patrimonio colectivo que testimonia la resistencia y la lucha por las libertades democráticas. Con esta finalidad, tienen que adoptar las iniciativas institucionales necesarias para el reconocimiento y la rehabilitación de todos los ciudadanos que han sufrido persecución como consecuencia de la defensa de la democracia y el autogobierno de Cataluña.

Para el Gobierno de la Generalidad, el acceso a la memoria histórica es un derecho de la ciudadanía de una sociedad democrática sana y libre, y, por lo tanto, un deber de la Administración pública. La Dirección General de la Memoria Democrática del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación es el instrumento designado por la Generalidad para ejecutar las políticas públicas de recuperación de la memoria democrática: homenaje y desagravio a todas las víctimas de la lucha por la democracia; proclamación de los valores que fundamentan la democracia y preservación de la memoria de la lucha contra el franquismo.

La experiencia en la gestión de las convocatorias de ayudas dirigidas a la restitución de la memoria democrática aconsejó que determinados proyectos, como son los de recuperación, señalización e interpretación del patrimonio memorial, tuvieran un tratamiento diferenciado con respecto al resto de actividades de restitución de la memoria democrática.

Por todo ello, siguiendo la línea iniciada el año 2008, se abre una nueva convocatoria de subvenciones dirigida a las instituciones locales de Cataluña para el desarrollo de las actuaciones mencionadas.

Vistos el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, previos informes de la Asesoría Jurídica de Relaciones Institucionales y Participación y de la Intervención Delegada,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático que testimonie la lucha por la democracia durante el periodo comprendido entre 1931 y 1980, las cuales constan en el anexo de esta Orden.

1.2 Se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de las subvenciones previstas en esta Orden.

Artículo 2

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones será de 20 días naturales desde el día siguiente de la publicación en el DOGC.

Artículo 3

Importe y partida presupuestaria

3.1 El importe total máximo destinado a esta convocatoria es de 2.500.000 euros.

3.2 Las subvenciones irán a cargo de las partidas presupuestarias IT0504D/460370100/1310 y IT0504D/760370000/1310 del ejercicio 2008, o equivalentes de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para los años 2009 y 2010, quedando acondicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión, y con la siguiente distribución:

1.500.000 euros, a cargo del ejercicio 2009.

1.000.000 euros, a cargo del ejercicio 2010.

Artículo 4

Solicitudes y procedimiento

La presentación de las solicitudes, así como el procedimiento de instrucción, resolución y notificación del procedimiento de concesión, se llevará a cabo de conformidad con el previsto en las bases de esta convocatoria.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 6 de febrero de 2009

Joan Saura i Laporta

Consejero de Interior,

Relaciones Institucionales y Participación

Anexo

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático

.1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a la recuperación del patrimonio memorial que testimonie la lucha por la democracia durante el periodo comprendido entre los años 1931 y 1980.

.2 Tipos de actuaciones

Podrán ser objeto de subvención las actuaciones que se lleven a cabo en el marco de proyectos de inversión promovidos por la administración local que contemplen la realización de obras o la dotación de equipamientos y de infraestructuras para la restitución, conservación, dignificación, señalización e interpretación de un patrimonio memorial, así como también los aspectos de investigación previa a la actuación o los de difusión de los espacios recuperados. En consecuencia, las subvenciones de la presente convocatoria se pueden destinar a proyectos de inversión que contemplen las siguientes actuaciones:

  1. La restauración y preservación de bienes culturales de la memoria histórica correspondientes al periodo 1931-1980.

  2. La recuperación in situ, conservación, dignificación e interpretación de los espacios y lugares memoriales (espacios bélicos: búnkeres, trincheras, casamatas, refugios, campos de aviación, etc.; espacios de represión: prisiones, fosas, etc.).

  3. La realización de obras de nueva planta, rehabilitación, ampliación, mejora o reforma de museos, centros de interpretación o de otros equipamientos culturales destinados, preferentemente y de forma estable, a la interpretación y difusión de la memoria democrática, o bien la ejecución de obras para la creación o la remodelación de espacios memoriales.

  4. Las inversiones destinadas a la realización de proyectos de señalización y de adecuación de caminos, rutas e itinerarios para la recuperación y mantenimiento de la memoria histórica.

  5. La dotación e instalación de señales de orientación y paneles informativos en espacios de la memoria, de acuerdo con la normativa de señalización memorial de la Dirección General de la Memoria Democrática.

  6. Los gastos para la realización de proyectos ejecutivos y estudios de viabilidad indispensables para llevar a cabo la preparación y ejecución de las actuaciones indicadas en esta relación de actuaciones.

  7. La investigación previa necesaria para el desarrollo del proyecto, ya sea para determinar el alcance de la actuación sobre el bien patrimonial, así como para la configuración de los proyectos museológicos y museográficos que se quieran promover en estos espacios recuperados.

  8. Los elementos previstos en el plan de comunicación del proyecto, con el objetivo de difundir la existencia del patrimonio memorial que sea objeto de la actuación.

    .3 Gastos subvencionables

    Las actuaciones subvencionables abarcarán los conceptos siguientes:

  9. La construcción de bienes inmuebles, exclusivamente cuando impliquen la construcción de equipamientos memoriales.

  10. Los trabajos de protección, conservación y restauración de bienes inmuebles.

  11. Las obras de arreglo y mejoras estructurales de exteriores y de interiores en edificaciones y construcciones.

  12. Trabajos de acondicionamiento y balizamiento de...

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