ORDEN EDU/113/2007, de 18 de abril, de convocatoria de concurso público para la selección de proyectos de innovación educativa del programa de Biblioteca Escolar 'puntedu' (espacio de conocimiento, aprendizaje y gusto por la lectura) realizados por centros educativos públicos y privados concertados.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDU/113/2007, de 18 de abril, de convocatoria de concurso público para la selección de proyectos de innovación educativa del programa de Biblioteca Escolar .puntedu. (espacio de conocimiento, aprendizaje y gusto por la lectura) realizados por centros educativos públicos y privados concertados.

El Departamento de Educación considera la innovación como uno de los motores de cambio del sistema educativo, y un elemento importante para mejorar la calidad y la progresiva adecuación al reto que la evolución social plantea.

Una educación innovadora es aquella que incide en lo que se enseña y en cómo se aprende, que prioriza las ganas de aprender, el derecho a pensar y a entender, y que ayuda a despertar el sentido crítico del alumnado y del profesorado.

Todo proceso de innovación debe establecer mecanismos que potencien el intercambio y la cooperación entre los centros educativos, y que favorezcan la información y la comunicación horizontal de estas innovaciones. A fin de que los procesos de innovación resulten realmente eficaces, hay que potenciar la reflexión, la crítica y la autocrítica sobre el trabajo que se realiza por parte de todos los agentes implicados.

El sistema educativo debe garantizar que la formación de los ciudadanos y ciudadanas le

s haga capaces de entender e intervenir con responsabilidad ante los retos que la sociedad plantea.

Con esta convocatoria se propone impulsar el desarrollo de acciones transversales vinculadas a alguno de los retos de la sociedad actual: la necesidad de gestionar el conocimiento sabiendo buscar e interpretar la información, y potenciando el placer por el saber y por la lectura.

El desarrollo de actuaciones de innovación transversales, que impregnen todas las áreas del currículum, es clave para conseguir un aprendizaje que permita hacer frente a los cambios rápidos de una sociedad dinámica como la nuestra, para consolidar y difundir la tarea innovadora de muchos equipos de maestros y profesores y, en definitiva, para contribuir, desde la educación y la escuela, a los retos de futuro de la sociedad del siglo XXI.

El Departamento de Educación, comprometido con la innovación opta por reforzar la tarea de apoyo a los centros por parte de los servicios educativos, tanto en las fases de elaboración de los proyectos de innovación, como de selección, y de implementación de los proyectos. Igualmente destaca el papel de coordinación y asesoramiento por parte de la inspección educativa, además de su función supervisora.

De acuerdo con lo expuesto, y de conformidad con lo que establecen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, en cuanto a la participación de los centros educativos privados concertados y los de titularidad municipal,

A propuesta de la Dirección General de Innovación,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar concurso público para la selección de 200 proyectos de innovación educativa del programa Biblioteca Escolar .puntedu. (espacio de conocimiento, aprendizaje y gusto por la lectura), a realizar por centros de educación infantil, primaria, secundaria y/o de formación de personas adultas de titularidad pública (del Departamento de Educación o municipales), y privados en régimen de concierto.

Artículo 2

Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria, que constan como anexo 1 y anexo 2 de esta Orden.

Artículo 3

El gasto derivado de la asignación económica extraordinaria para poner en funcionamiento los proyectos de innovación que resulten seleccionados en esta convocatoria, será de un importe máximo de 400.000,00 euros, de los cuales 320.000,00 euros irán a cargo de la posición presupuestaria D/226130800/4230 y 80.000,00 euros irán a cargo de la posición presupuestaria D/482000100/4230, del centro gestor EN02 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña del año 2006, prorrogado para el 2007.

Esta distribución podrá ser modificada en caso de que no haya suficientes proyectos seleccionados de centros de titularidad del Departamento de Educación, o de centros municipales y privados concertados, según corresponda.

Artículo 4

Se delega en el director general de Innovación la facultad de resolver esta convocatoria.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer de forma potestativa recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 18 de abril de 2007

Ernest Maragall i Mira

Consejero de Educación

Anexo 1

Bases generales

.1 Objetivo de la convocatoria

Los objetivos del Programa son potenciar la biblioteca escolar .puntedu. como un espacio de recursos donde poder encontrar todo tipo de información en diferentes tipos de soporte al alcance del alumnado, del profesorado y de la comunidad educativa, priorizar su uso como espacio de aprendizaje en el desarrollo de las diferentes áreas curriculares, a fin de que el alumnado se forme como persona autónoma, crítica y constructora de su propio conocimiento a través de la búsqueda, la investigación y el trabajo en diferentes fuentes de información, y promover el hábito lector.

.2 Requisitos generales de participación

2.1 Podrán participar en esta convocatoria los centros educativos de educación infantil, primaria, secundaria y de formación de personas adultas de Cataluña, de titularidad del Departamento de Educación o municipal y privados en régimen de concierto, que presenten un proyecto de biblioteca escolar .puntedu., y que tengan las características siguientes:

  1. Que el proyecto de biblioteca escolar .puntedu. esté integrado en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

  2. Que el proyecto forme parte del proyecto educativo (y del proyecto lingüístico) de centro y por lo tanto...

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