RESOLUCIÓN TES/3242/2012, de 5 de diciembre, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de la explotación porcina de engorde Granja Oscar, emplazada en el polígono 1, parcelas 49 y 50, del término municipal de Algerri.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyResolución

Visto que la que la Ponencia Ambiental, en la sesión del día 8 de noviembre de 2011, adoptó el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una explotación porcina de engorde Granja Oscar emplazada en el polígono 1, parcelas 49 y 50 del término municipal de Algerri,

Resuelvo:

Dar publicidad al mencionado Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una explotación porcina de engorde Granja Oscar emplazada en el polígono 1, parcelas 49 y 50 del término municipal de Algerri.

Barcelona, 5 de diciembre de 2012

Assumpta Farran i Poca

Directora general de Qualitat Ambiental

ACUERDO

de 8 de noviembre de 2011, de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una explotación porcina de engorde Granja Oscar emplazada en el polígono 1, parcelas 49 y 50 del término municipal de Algerri (exp. LA2010108) promovido por Òscar Plensa Pino, y tramitado por la Dirección General de Calidad Ambiental.

Antecedentes

Òscar Plensa Pino ha solicitado autorización ambiental para la ampliación de una explotación porcina de engorde Granja Oscar, situada en el polígono 1, parcelas 49 y 50 del término municipal de Algerri.

Descripción del proyecto y del estudio de impacto ambiental

—1 El proyecto presentado visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Cataluña, consiste en la ampliación de una explotación porcina de engorde existente, con marca oficial 034BR.

El establecimiento con licencia ambiental LLAD070785 con marca oficial 034BR tiene una capacidad actual de 1.870 cerdos de engorde, y consiste en tres naves, una balsa de purines, un vestuario. La ampliación incrementa la capacidad hasta los 3.870 cerdos de engorde, llevando a cabo la construcción de dos nuevas naves de 60,4 m de largo y 14,4 m de ancho, con una superficie total construida de 869,76 m².

La capacidad de almacenaje impermeable de deyecciones prevista en el Plan de gestión es de 3.292 m 3 .

La capacidad de almacenaje impermeable de deyecciones prevista en el Plan de gestión es de 3.292 m³ para los purines, mientras que la capacidad necesaria para las deyecciones generadas por el ganado existente es de 1.340 m³ y la capacidad necesaria para las deyecciones generadas para la totalidad del ganado después de la ampliación es de 2.748 m 3 para los purines.

Se prevé que parte de las deyecciones de la explotación con marca oficial 034CH se almacenen en la explotación 034BR, utilizando 441 m 3 del almacenaje disponible. Respecto a este almacenaje compartido, la Sección de Ganadería y Sanidad animal informa que existe un documento del arquitecto técnico del ayuntamiento que indica que no se dispone de espacio para la construcción de una balsa de purines a la explotación con marca oficial 034CH. Las explotaciones tienen la misma orientación zootécnica y están a nombre del mismo titular. Para poder compartir:

Debe existir un compromiso de formar una unidad epidemiológica y presentarlo a la sección territorial.

Los lechones de la nave de la explotación con marca oficial 034CH tienen que ser del mismo origen que los lechones de la explotación con marca oficial 034BR.

Las explotaciones deben tener las siguientes instalaciones: valla perimetral de toda la explotación, sistema de desinfección de vehículos, pediluvios en la entrada de cada nave, lazareto, vestidores, telas pajareras, libro de visitas, instalación de fácil limpieza, desinfección, desinsectación y desratización.

En el momento que no se cumpla cualquier condición la propuesta del informe será desfavorable.

La finca se abastecerá del agua que proporciona la red de riego.

—2 El estudio de impacto ambiental analiza de forma previa a la ejecución del proyecto el estado inicial de los factores ambientales, establece los efectos previsibles sobre los factores ambientales y define las medidas preventivas y correctoras del impacto.

—3 Los residuos generados por la actividad son los siguientes:

Visto que las cantidades máximas de los residuos generados por la actividad son:

Descripción Clase Código (*) Producción
Residuos agroquímicos,... P 020108 120 l/año
Animales muertos NP 020102 5%/año
(*) Codificación de acuerdo con el Catálogo europeo de residuos (CER)

Para la gestión de los residuos se dispone de una póliza de seguro agroganadera para la gestión de los animales muertos con un gestor de residuos autorizado.

—4 Emisiones generadas en las aguas

No se autoriza ningún vertido de aguas residuales.

—5 Mejores Técnicas Disponibles

En base al proyecto y a los datos complementarios aportados, la instalación ganadera y sus procesos productivos incorporan las siguientes MTD’s recomendadas por el BREF sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) aplicables a la ganadería intensiva, adoptado por la Comisión Europea en el DOUE, serie C, número 170 de 19 de julio de 2003:

Disponer de un programa de mantenimiento y control de las instalaciones, de la maquinaria, de los utensilios, de los consumos y de las fugas.

Por lo que respecta a la alimentación del ganado, y respecto a la reducción del nitrógeno, se aplican los valores del nivel 2 descrito en el anexo 2 del Decreto 136/2009 como mejor técnica disponible. Por lo que respecta a la reducción del fósforo, se promoverá la utilización de alternativas, tales como fitasas, con los complementos adecuados de fósforo digestible, que permita alcanzar el contenido del fósforo, de acuerdo con el tipo de animal y fase productiva, siguiente:

Especie Fases Contenido máximo de fósforo total (% máx. en pienso)
Porcino 20-40 kg 0,70
Porcino de engorde 40 - 70 kg 0,55
70 Kg -
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