RESOLUCIÓN CLT/2622/2012, de 20 de noviembre, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de tres puestos de mando del Departamento de Cultura (convocatoria de provisión núm. CU/002/12).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes los puestos de trabajo objeto de la convocatoria y vista la propuesta del titular de los órganos directivos correspondientes para su provisión;

Dada la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad y la descripción de los puestos de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, del 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión de tres puestos de mando del Departamento de Cultura (convocatoria de provisión núm. CU/002/12), que se detalla en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Cultura en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el DOGC, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 20 de noviembre de 2012

Ferran Mascarell i Canalda

Consejero de Cultura

Anexo 1

Bases

—1 Puestos de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, la provisión de tres puestos de mando del Departamento de Cultura, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

—2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo a proveer, de acuerdo con la descripción incluida en el manual de organización del Departamento de Cultura, es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

—3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar, respecto de la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario, no integrado, que presta servicios en la Administración de la Generalidad, que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación donde están clasificados los puestos objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrá participar el personal funcionario que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas de los grupos de titulación donde están clasificados los puestos convocados, a los cuales no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso podrá participar el personal funcionario que se encuentre en suspensión de empleo ni el trasladado del puesto de trabajo como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco podrá tomar parte el personal funcionario en situación diferente de servicio activo que no haya permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.2 El personal funcionario con discapacidades podrá participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, es necesario poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el caso de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, se evaluarán, mediante una prueba oral y escrita, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer.

En este último caso, finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en los tablones de anuncios del Departamento, en las direcciones citadas en la base 4.1 de esta convocatoria, el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante lo anterior, quedan exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en que hubiere establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior exigido en la convocatoria.

En estos casos, se deberá presentar, adjunta a la solicitud de participación, la correspondiente acreditación documental.

3.4 Los requisitos de participación se han de reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

—4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se han de presentar en el Registro general del Departamento de Cultura (rambla de Santa Mònica, 8, 08002 Barcelona), en los servicios territoriales de Cultura (c. de Muntaner, 221, 08036 Barcelona; c. dels Ciutadans, 18, 17004 Girona; Rambla d’Aragó, 8, 25002 Lleida; c. Major, 14, 43003 Tarragona; c. Dr. Ferran, 4, 43500 Tortosa, y plaza Major, 37, 3ª planta, 08500 Vic), o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 25.1 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, concordante con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del...

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