ORDEN SLT/22/2009, de 21 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia del Programa para el desarrollo del diagnóstico por la imagen.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden

ORDEN

SLT/22/2009, de 21 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia del Programa para el desarrollo del diagnóstico por la imagen.

En virtud de la Orden SLT/374/2008, de 24 de julio (DOGC núm. 5187, de 4.8.2008), se creó el Programa para el desarrollo del diagnóstico por la imagen adscrito a la Dirección General de Planificación y Evaluación del Departamento de Salud con la finalidad de impulsar, planificar, coordinar y evaluar las actuaciones a llevar a cabo para el desarrollo y el uso adecuado y eficiente de las técnicas de diagnóstico por la imagen, como herramienta fundamental para la mejora de la calidad de la atención sanitaria, en el marco de la estrategia de desarrollo de la red de imagen médica digital de Cataluña.

El programa tiene como objetivos mejorar la accesibilidad de la ciudadanía al diagnóstico mediante la imagen médica digital, favorecer el uso adecuado del diagnóstico de la imagen, bajo criterios de calidad, seguridad y eficiencia, fomentar medidas de coordinación y promover la cooperación entre los diferentes centros e instituciones sanitarias en la utilización de estas técnicas diagnósticas y potenciar el desarrollo de sistemas de información en el ámbito del diagnóstico por la imagen.

El artículo 12 de la citada Orden SLT/374/2008, de 24 de julio, prevé que el plazo de vigencia del Programa para el desarrollo del diagnóstico por la imagen finaliza el 31 de diciembre de 2009, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga justificada en el proceso de consecución de sus objetivos.

Dado que para alcanzar plenamente los objetivos del Programa para el desarrollo del diagnóstico por la imagen es necesario consolidar las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR