ORDEN AAR/375/2009, de 31 de julio, por la que se regula para el año 2009 la comunicación previa al inicio de las inversiones acogidas al régimen de las ayudas asociadas al contrato global de explotación, para la modernización de las explotaciones agrarias afectadas por incendios forestales.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAR/375/2009, de 31 de julio, por la que se regula para el año 2009 la comunicación previa al inicio de las inversiones acogidas al régimen de las ayudas asociadas al contrato global de explotación, para la modernización de las explotaciones agrarias afectadas por incendios forestales.

El Programa de desarrollo rural de Cataluña (PDR) para el periodo 2007-2013, aprobado por la Decisión de la Comisión C (2008) 702, de 15 de febrero de 2008, establece una serie de objetivos para conseguir un aumento de la competitividad del sector agrario a Cataluña.

Los recientes incendios forestales que han afectado a diversos municipios de Cataluña aconsejan la adopción de medidas dirigidas, tanto a intentar paliar los efectos que estos incendios han tenido sobre las explotaciones agrarias afectadas, como a asegurar la supervivencia de estas explotaciones.

Una de las medidas que responden a esta finalidad, ante la situación en que han quedado las explotaciones afectadas por los incendios mencionados es las actuaciones auxiliables sin tener que esperar a la convocatoria de las ayudas para la modernización de las explotaciones agrarias. Ante situaciones similares, se prevé la ampliación del ámbito territorial, previa aprobación del director general de Desarrollo Rural.

El artículo 71 del Reglamento CE 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, señala, en su apartado 1, que los gastos subvencionables cofinanciados con fondo del FEADER no tendrán que concluir antes de la fecha de inicio de la subvencionabilidad, es decir, antes de la publicación de la convocatoria de la ayuda correspondiente.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 El objeto de esta Orden es establecer el procedimiento a fin de que las personas interesadas en solicitar las ayudas que se detallan al artículo 1.2 puedan iniciar las inversiones antes de la publicación de su convocatoria.

1.2 Este procedimiento tiene carácter excepcional y es aplicable únicamente a las ayudas para la modernización de aquellas explotaciones agrarias afectadas por los recientes incendios forestales producidos en los municipios que se detallan en el anexo 1 de esta Orden.

1.3 Las ayudas detalladas en el apartado anterior son las que se...

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