ORDEN IUE/414/2010, de 30 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de préstamos en condiciones preferentes para la financiación de proyectos de innovación en pequeñas y medianas empresas del sector del turismo, y se abre la convocatoria para el año 2010.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN

IUE/414/2010, de 30 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de préstamos en condiciones preferentes para la financiación de proyectos de innovación en pequeñas y medianas empresas del sector del turismo, y se abre la convocatoria para el año 2010.

El sector turístico tiene una importancia primordial en la estructura económica de Cataluña, en su crecimiento y en la creación de ocupación. La competitividad del sector turístico es un factor clave para mantener su posición de referencia mundial en relación con el turismo doméstico, el turismo europeo y el turismo mundial. Un aspecto determinante para hacer posible un mayor grado de competitividad es la innovación tecnológica en todos sus ámbitos: productivo, comercial y promocional.

La estructura del sector turístico catalán, en el que las pequeñas y medianas empresas son claramente mayoritarias, lo hace especialmente sensible a los cambios del entorno. Así los procesos de inversión en los establecimientos de alojamiento turístico, en los servicios de intermediación y en el conjunto de empresas de servicios y de actividades turísticas se ven muy afectados en situaciones de moderación económica y de ajuste de precios, debidos a los cambios de comportamiento de la demanda turística y la aparición de nuevos mercados emergentes.

Así, los planes de inversión en innovación tecnológica que comportan la renovación o la ampliación de bienes de equipo, la creación de nuevos productos, la mejora de eficiencia energética, las mejoras ambientales y la incorporación de nuevas tecnologías y procesos tanto en los aspectos de la gestión interna, como comercial y promocional, aspectos determinados en la mejora de la competitividad y de la sostenibilidad se difieren o, simplemente, se desestiman. Por otra parte, estas tensiones se transmiten a lo largo de toda la cadena de valor, incidiendo de forma especial en el sector de fabricación de bienes de equipo y en el sector de las nuevas tecnologías de la comunicación.

El Gobierno, teniendo en cuenta el mundo empresarial en su conjunto y el efecto decisivo que la inversión en el sector del turismo tiene sobre el crecimiento de la economía, impulsa una serie de instrumentos, por medio del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, con el objetivo de ayudar a la pequeña y mediana empresa (PYME) a mejorar su competitividad en un entorno empresarial dinámico.

En este contexto, el objeto de esta línea de ayudas es dar créditos a tipo de interés cero a las siguientes empresas del sector turístico:

1) PYMES que renueven o amplíen sus activos productivos o bienes de equipo y de forma especial en lo referente a la seguridad y de la salubridad de las instalaciones.

2) PYMES que creen nuevos productos turísticos.

3) PYMES que implanten un plan de acción de mejora de eficiencia energética y en relación con la mejora ambiental (tratamiento de las aguas, ahorro de consumo de agua y tratamiento de residuos).

4) PYMES que implanten un plan de mejora de los equipamientos informáticos y de software dirigidos a la mejora de la gestión interna, a la comercial y a la promoción de sus servicios.

De acuerdo con la normativa comunitaria relativa a las ayudas de Estado;

De acuerdo con el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC nº. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC nº. 4292, de 31.12.2004), con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18.11.2003) y con el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Visto el informe previo de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, a propuesta de la Dirección General de Turismo, y en virtud de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Se aprueban las bases reguladoras, que regirán la convocatoria pública, de la línea de préstamos en condiciones preferentes para la financiación de proyectos de inversión en innovación tecnológica que comporta la renovación o la ampliación de bienes de equipo, la creación de nuevos productos, la mejora de eficiencia energética, las mejoras ambientales y la incorporación de nuevas tecnologías en aspectos de gestión interna, comercial y de promoción.

Artículo 2

Convocatoria y aplicación presupuestaria

2.1 Se abre la convocatoria pública para el año 2010 para la concesión de préstamos en condiciones preferentes para la financiación de proyectos de inversión a que hace referencia el artículo 1.

2.2 La cantidad máxima destinada a esta convocatoria dentro del año 2010 es de 7.600.000 euros. Su financiación será a cargo de la partida presupuestaria IU02/830002/6520 del presupuesto de la Dirección General de Turismo del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa para el año 2010. Esta cuantía se podrá incrementar con las cantidades derivadas de ayudas que hayan sido objeto de revocación.

2.3 De acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, se podrá abrir una convocatoria posterior cuando no se agote al importe máximo destinado a esta primera convocatoria.

2.4 La Dirección General de Turismo, junto con el Instituto Catalán de Finanzas, ha establecido el procedimiento de gestión interna que regula la tramitación y financiación de esta línea de préstamos, que instrumentan, mediante convenio, el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa y el Instituto Catalán de Finanzas.

Artículo 3

Régimen jurídico

A estas bases les son aplicables el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC nº. 3791A, de 31.12.2002), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18.11.2003), y el reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE nº. 176, de 25.7.2006).

Artículo 4

Plazo y lugar de presentación de solicitudes

4.1 El plazo de presentación de solicitudes para obtener las ayudas que prevé esta línea será hasta el 10 de septiembre de 2010, incluida esa fecha.

4.2 Las solicitudes se deben presentar en los lugares y por los medios a que hace referencia la base 5.1.

Artículo 5

Órgano competente, resolución de las ayudas y recursos

El órgano competente para la tramitación y resolución del procedimiento, el plazo para su conclusión, el medio de notificación de la resolución y si ésta pone fin a la vía administrativa, así como la indicación de los recursos que se pueden interponer, son cuestiones reguladas en la base 9.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 30 de julio de 2010

Josep Huguet i Biosca

Consejero de Innovación Universidades y Empresa

Anexo 1

Bases reguladoras

  1. Objeto

    El objeto de estas bases es regular la línea de préstamos en condiciones preferentes para la financiación de proyectos de inversión en innovación tecnológica que comportan la renovación o la ampliación de bienes de equipo, la creación de nuevos productos, la mejora de eficiencia energética, las mejoras ambientales y la incorporación de nuevas tecnologías tanto en los aspectos de la gestión interna como en la comercial y de promoción.

  2. Beneficiarios

    2.1 Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes empresas del sector turístico:

    1. PYMES que renueven o amplíen sus activos productivos o bienes de equipo y de forma especial en lo referente a la seguridad y la salubridad de las instalaciones.

    2. PYMES que creen nuevos productos turísticos.

    3. PYMES que implanten un plan de acción de mejora de eficiencia energética y en cuanto a mejora ambiental (tratamiento de las aguas, ahorro de consumo de agua y en el tratamiento de residuos).

    4. PYMES que implanten un plan de mejora de los equipamientos informáticos y de software dirigidos a la mejora de la gestión interna, la gestión comercial y la promoción de sus servicios.

    2.2 A los efectos de esta convocatoria se considerará pequeña y mediana empresa (PYME) la que se ajuste a la definición que de ésta determine la Unión Europea. En el momento de la publicación de esta convocatoria la definición se establece en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (DOCE L 124/36, de 20.5.2003). Basándose en esta Recomendación, se entiende por PYME aquella empresa que ocupe a menos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. Para calcular estos importes es preciso tener en cuenta las diferentes definiciones que establece la Recomendación, en especial las referidas a empresa autónoma, asociada o vinculada.

  3. Tipo de inversiones y de gastos objeto de financiación

    Se consideran elegibles :

    1. Las inversiones realizadas por pymes del sector turístico que renueven o amplíen sus activos productivos o bienes de equipo y de forma especial en cuanto a seguridad y salubridad de las instalaciones.

      Las inversiones y gastos se tendrán que haber realizado entre el 1 de junio de 2009 y el 31 de diciembre de 2010. Los bienes subvencionados no se podrán trasladar fuera de Cataluña hasta que hayan transcurrido tres años desde su compra.

    2. Los gastos e inversiones realizadas por pymes del sector turístico que creen nuevos productos turísticos. Las inversiones y gastos se tendrán que realizar entre el 1 de junio de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.

    3. Las inversiones y gastos realizados por las empresas del sector turístico que implanten mejoras de...

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