ORDEN EDC/278/2004, de 27 de julio, por la que se establece el procedimiento para la concesión de los premios extraordinarios de bachillerato.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDC/278/2004, de 27 de julio, por la que se establece el procedimiento para la concesión de los premios extraordinarios de bachillerato.

Mediante la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 13 de diciembre de 1999, se crearon los premios nacionales de bachillerato y se establecieron los requisitos para la concesión del premio extraordinario de bachillerato.

El premio extraordinario de bachillerato es un reconocimiento oficial y público de los méritos académicos del alumnado que finaliza estas enseñanzas mostrando una preparación excepcional.

Mediante la Orden de 23 de julio de 2001, se estableció el procedimiento para la concesión de los premios extraordinarios de bachillerato en Cataluña.

El desarrollo de las diferentes convocatorias del premio extraordinario y las modificaciones derivadas del nuevo currículum del bachillerato aconsejan llevar a cabo diversas modificaciones en la regulación de su convocatoria, por lo que debe aprobarse una orden que sustituya la anterior.

Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa,

Ordeno:

Artículo 1

Esta Orden regula el procedimiento de concesión del premio extraordinario de bachillerato en Cataluña.

Artículo 2

Los premios extraordinarios de bachillerato constituyen un reconocimiento oficial de los méritos del alumnado que demuestra una especial preparación en dichas enseñanzas.

Artículo 3

Se podrá conceder un premio extraordinario por cada 1.000 alumnos, o fracción superior a 500, matriculados en el segundo curso de bachillerato, en el curso académico inmediatamente anterior a aquel en que se celebren las pruebas.

A los efectos previstos en el párrafo anterior, se tendrá en cuenta todo el alumnado, tanto de los centros públicos como de los centros privados, y también el alumnado matriculado en la modalidad a distancia.

Artículo 4

Para poder optar a los premios extraordinarios el alumnado deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Haber cursado y superado los dos cursos de bachillerato.

b) Haber finalizado las enseñanzas de bachillerato en Cataluña en el curso académico inmediatamente anterior al que se celebren las pruebas.

c) Que la calificación media de todo el bachillerato sea igual o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR