ORDEN TIC/416/2003, de 23 de septiembre, por la que se crea un precio público a gestionar por el Instituto Catalán del Consumo.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/416/2003, de 23 de septiembre, por la que se crea un precio público a gestionar por el Instituto Catalán del Consumo.

El artículo 23 de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2548, de 31.12.1997), dispone que "la creación, la modificación y la derogación de los precios públicos, salvo los referidos a la enseñanza universitaria, que se tienen que hacer por decreto, se tiene que efectuar mediante una orden del consejero o consejera competente en razón de la materia y de acuerdo con el procedimiento establecido por la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña".

Dado que el Instituto Catalán del Consumo, organismo adscrito al Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, según el artículo 46.2 b) del Decreto 284/2002, de 12 de noviembre, de estructuración y de reestructuración parcial de diversos departamentos de la Administración de la Generalidad, organiza un curso de asistentes técnicos en consumo;

A propuesta del Instituto Catalán del Consumo y vistos los informes previos favorables de la Intervención Delegada del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo y de las asesorías jurídicas del Departamento de Economía y Finanzas y del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, así como el informe interdepartamental de impacto de género del Instituto Catalán de la Mujer;

Por todo eso, y en uso de las competencias que tengo legalmente atribuidas,

Ordeno:

Artículo 1

Creación

Se crea el precio público correspondiente al curso de asistentes técnicos/técnicas en consumo que organiza el Instituto Catalán del Consumo.

Artículo 2

Sujetos obligados al pago

Están sujetos obligados al pago del precio público las personas físicas y jurídicas que se inscriban y sean admitidas a dicho curso.

Artículo 3

Cuantía

La cuantía para la inscripción y admisión al curso de las personas interesadas es de 300 euros, con el IVA incluido.

Artículo 4

Exigibilidad, gestión y medios de pago

El pago del curso se efectuará en el plazo de treinta días a partir del día siguiente a la fecha de comienzo del curso mediante un cheque nominativo o una transferencia bancaria a nombre del Instituto Catalán del Consumo...

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