ORDEN ENS/115/2012, de 26 de abril, por la que se crea el precio público por la inscripción en el curso de preparación de las pruebas de obtención del certificado oficial de idiomas de nivel intermedio en la modalidad a distancia que imparte el Institut Obert de Catalunya.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

Vistas las necesidades de plazas escolares del Servicio de Educación de Cataluña, se considera necesario ampliar la oferta educativa pública con el curso de preparación de las pruebas de obtención del certificado oficial de idiomas de nivel intermedio en la modalidad a distancia que imparte el Institut Obert de Catalunya.

Las enseñanzas de idiomas que se imparten tienen como referencia las competencias del Consejo de Europa, según se definen estos niveles en el Marco Europeo Común de Referencia para las Lenguas.

Por lo tanto, de acuerdo con el capítulo III del título I del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, y a propuesta de la Dirección General de Centros Públicos,

Ordeno:

Artículo 1

Creación

Se crea el precio público por la inscripción en el curso de preparación de las pruebas de obtención de certificado oficial de idiomas de nivel intermedio en la modalidad a distancia que imparte el Institut Obert de Catalunya.

Artículo 2

Importe

A partir del curso 2012-2013, el importe del precio público que se crea por la inscripción en el curso de preparación de las pruebas de obtención del certificado oficial de idiomas de nivel intermedio en la modalidad a distancia que imparte el Institut Obert de Catalunya es de 109,00 euros por cada módulo.

Artículo 3

Exigibilidad

Este precio público es exigible antes de la prestación del servicio.

Artículo 4

Bonificaciones y exenciones

Al alumnado que utilice este servicio le son de aplicación, previa justificación documental, las bonificaciones y exenciones siguientes:

Bonificaciones:

Las personas miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general y las personas miembros de familias monoparentales tienen una bonificación del 50% del precio público.

Exenciones:

Las personas con un grado mínimo de minusvalía del 33%.

Las personas miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

Las personas víctimas de actos terroristas, así como sus cónyuges y sus hijos.

Las personas sometidas a medidas privativas de libertad.

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