ORDEN AAR/186/2009, de 16 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña y se convocan las correspondientes a la campaña de 2008/2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAR/186/2009, de 16 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña y se convocan las correspondientes a la campaña de 2008/2009.

El Reglamento (CE) 479/2008 del Consejo, de 29 de abril, que establece la organización común del mercado vitivinícola y modifica los reglamentos (CE) 1493/1999, (CE) 1782/2003, (CE) 1290/2005 y (CE) 3/2008, y deroga el Reglamento (CEE) 2392/86 en su totalidad y en parte el Reglamento (CE) 1493/1999, ha supuesto una importante modificación en materia de potencial vitícola a la anterior normativa.

Por otra parte, el Reglamento (CE) 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio, establece las normas de desarrollo del Reglamento (CE) 479/2008 del Consejo en lo relativo a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola.

El Real decreto 244/2009, de 27 de febrero, constituye la normativa específica aplicable al Estado español del Reglamento (CE) 555/2008, de la Comisión, de 27 de junio.

Las medidas de reestructuración y reconversión de la viña tienen como finalidad aumentar la competitividad de los productores vitivinícolas y favorecer la modernización de las explotaciones vitícolas, así como la adecuación varietal a las nuevas tendencias del mercado, con el fin de reforzar la estructura del sector vitivinícola.

En el ámbito de Cataluña, la Ley 15/2002, de 27 de junio, de ordenación vitivinícola, representó la creación de un marco en Cataluña para el sector vitivinícola, con la finalidad de mejorar la calidad de los productos vitivinícolas, establecer los procedimientos de control y ordenar los elementos necesarios para alcanzar estos objetivos.

Esta Ley se desplegó con el Decreto 264/2003, de 21 de octubre, por el que se regula el Registro vitivinícola de Cataluña, y con el Decreto 474/2004, de 28 de diciembre.

La Orden AAR/62/2009, de 18 de febrero, modificada por la Orden AAR/175/2009, de 6 de abril, regula la gestión de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña en Cataluña a partir de la campaña de 2008/2009.

Dentro de este marco y con el fin de consolidar el tejido social de las zonas vitícolas, la conservación del medio ambiente y el establecimiento de medidas competitivas, se hace necesario continuar la modernización de las explotaciones vitícolas mediante las ayudas a los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de prestar apoyo al sector vitivinícola y de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de la ayuda a los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña que se publican en el anexo 1 de esta Orden y los costes máximos de las acciones que puede abarcar el régimen de reestructuración y/o reconversión de la viña, que se publican en el anexo 2.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas a la reestructuración y/o reconversión de la viña correspondientes a la campaña de 2008/2009, de acuerdo con las bases reguladoras y los costes máximos de las acciones aprobados en el artículo 1 y las normas y procedimientos establecidos en la Orden AAR/62/2009, de 18 de febrero, modificada por la Orden AAR/175/2009, de 6 de abril.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden al DOGC.

2.3 Las ayudas que prevé esta Orden tienen el carácter de financiadas por los fondos que provienen del FEAGA en el 100% del gasto.

2.4 El órgano instructor de los expedientes de ayuda es el Servicio de Ayudas al Sector Agrícola.

El órgano competente para resolver sobre las solicitudes es el director general o la directora general de Desarrollo Rural.

A estos efectos se nombra una Comisión de valoración que será el órgano colegiado encargado de valorar las solicitudes de ayudas, formada por el subdirector/a general de Gestión de Acción Rural, el/la jefe/a del Servicio de Ayudas en el Sector Agrícola y el/la jefe/a del Servicio de Ayudas al Sector Ganadero.

2.5 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito a la persona solicitante será de dos meses contado a partir de la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. En caso de falta de resolución expresa la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.

2.6 Contra la resolución del director o la directora general de Desarrollo Rural, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el consejero o la consejera de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución.

En caso de silencio administrativo el recurso de alzada ante el consejero o la consejera de Agricultura, Alimentación y Acción Rural se podrá interponer en el plazo de tres meses a contar a partir de la fecha en que se agota el plazo para emitir resolución y notificarla tal como establece el apartado anterior. Sin embargo los interesados pueden interponer cualquier otro que se considere adecuado.

2.7 Las ayudas otorgadas se harán públicas en la web, http://www.gencat.cat/dar/ajuts haciendo uso de los medios electrónicos establecidos, y se expondrán en el tablón de anuncios de las dependencias del DAR. Las ayudas que superen los 3.000 euros se publicarán además en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Disposición adicional

Estas ayudas a cargo del FEAGA se tramitarán de acuerdo con las funciones de organismo pagador que establece el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye y se regula la organización y el funcionamiento del organismo pagador de las ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 16 de abril de 2009

Joaquim Llena i Cortina

Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural

Anexo 1

Bases reguladoras

.1 Objeto

1.1 El objeto de estas bases es regular las ayudas a los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña que establece la Orden AAR/62/2009, de 18 de febrero, modificada por la Orden AAR/175/2009, de 6 de...

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