ORDEN ARP/186/2003, de 23 de abril, por la que se establecen períodos de veda para la flota de arrastre en las comarcas costeras de Tarragona.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/186/2003, de 23 de abril, por la que se establecen períodos de veda para la flota de arrastre en las comarcas costeras de Tarragona.

La Federación Territorial de Cofradías de Pescadores de Tarragona, mediante acuerdo de 14 de abril de 2003, ha solicitado a la Administración el establecimiento de una veda temporal para la flota de arrastre de fondo, en las aguas interiores y exteriores, para las comarcas costeras de Tarragona.

De acuerdo con el Decreto 81/1988, de 10 de marzo, por el que se regula la pesca de arrastre de fondo en el litoral catalán (DOGC núm. 981, de 22.4.1988), y con el Decreto 160/1993, de 1 de junio (DOGC núm. 1761, de 23.6.1993), que determina el ámbito de aplicación del Decreto 81/1988 en las aguas interiores del marco territorial de Cataluña.

A propuesta de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Dentro de las aguas interiores y para la flota de arrastre en las comarcas costeras de Tarragona, se establecen los períodos y las zonas de veda siguientes:

a) Zona comprendida desde la línea trazada de la central térmica del término municipal de Cubelles, rumbo 176º, a la línea trazada desde la gola sur del río Ebro, rumbo 123º, desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio de 2003, ambos incluidos.

b) Zona comprendida desde la línea sur del...

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