RESOLUCIÓN TRI/3706/2006, de 3 de noviembre, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo del grupo de trabajo del ámbito penitenciario dependiente de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal de Administración y Técnico de la Generalidad de Cataluña en relación a las condiciones de trabajo del personal penitenciario (c...

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO E INDUSTRIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

TRI/3706/2006, de 3 de noviembre, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo del grupo de trabajo del ámbito penitenciario dependiente de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal de Administración y Técnico de la Generalidad de Cataluña en relación a las condiciones de trabajo del personal penitenciario (código de convenio 7901350).

Dado el texto del Acuerdo del grupo de trabajo del ámbito penitenciario dependiente de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal de Administración y Técnico de la Generalidad de Cataluña en relación a las condiciones de trabajo del personal penitenciario subscrito por la parte empresarial, por los representantes de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y por los del Departamento de Justicia y por la parte social, por los representantes de CCOO, UGT y CATAC, el día 27 de marzo de 2006, i de acuerdo con lo que disponen el artículo 36 de la Ley 9/1987, de 12 de junio (BOE de 17.6.1987) según redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio (BOE de 20.7.1990), y el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación;

Vista la aprobación expresa de 4 de julio de 2006, por el órgano de gobierno competente, según lo que dispone el artículo 35 de la citada ley 7/1990, y el artículo 5.g) del Decreto legislativo 1/1977, de 31 de octubre,

Resuelvo:

.1 Disponer la inscripción del Acuerdo del grupo de trabajo del ámbito penitenciario dependiente de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal de Administración y Técnico de la Generalidad de Cataluña en relación a las condiciones de trabajo del personal penitenciario (código de convenio 7901350) al Registro de convenios de la Dirección General de Relaciones Laborales.

.2 Disponer que el citado texto se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

Notifíquese esta Resolución a la Comisión Negociadora del Convenio.

Barcelona, 3 de noviembre de 2006

Mar Serna Calvo

Directora general de Relaciones Laborales

Traducción del texto original firmado por las partes

PREACUERDO

del grupo de trabajo del ámbito penitenciario dependiente de la Mesa sectorial de negociación de personal de administración y técnico de la Cataluña de Cataluña en relación a las condiciones de trabajo del personal penitenciario

Preámbulo

El Departamento de Justicia, a través de la Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil, y las organizaciones sindicales que forman el Grupo de Trabajo del ámbito penitenciario, han realizado un análisis profundo de la actual situación y necesidades del sistema de ejecución penal en Cataluña, en ocasión de la finalización el 31 de diciembre de 2005 del actual acuerdo de condiciones de trabajo, con el objetivo de definir los elementos más significativos que en este ámbito tienen que caracterizar el periodo 2006-2009.

El contexto en el cual se insertan todas las acciones ya en marcha por el Departamento, o en fase de elaboración y aplicación, en el ámbito de los servicios penitenciarios, está determinado por un amplio abanico de variables externas que condicionan de forma notable el funcionamiento de nuestro sistema. Cabe destacar las continuas reformas legislativas en materia penal de los últimos años; la antigüedad y la falta de adecuación de las instalaciones penitenciarias; el crecimiento acelerado y progresivo de la población reclusa y la masificación de los centros, las dificultades derivadas de atender las necesidades de un colectivo de internos cada vez más diverso, la falta de capacidad legislativa y la ausencia hasta ahora de una normativa organizativa propia de la Generalidad; una gestión poco eficiente de los recursos humanos; la aparición de nuevos perfiles delictivos así como las reacciones contradictorias de la opinión pública derivadas de la exigencia de rigor al lado de una consideración mayoritariamente negativa por parte de la ciudadanía de la función penitenciaria.

En atención a esta situación, el Gobierno aprobó el mes de mayo de 2004 las líneas estratégicas de actuación en materia penitenciaria, con una clara consideración de la función penitenciaria como función social insertada en el conjunto de las políticas de bienestar y orientada a la rehabilitación y a la reinserción de las personas sometidas a medidas de ejecución penal y el pasado mes de julio de 2005 el plan de despliegue de los nuevos equipamientos penitenciarios.

Por su importancia, en tanto que instrumentos que tienen que posibilitar la superación de la actual situación y el impulso de la acción del gobierno y de los operadores públicos en el ámbito de la ejecución penal que permitan alcanzar los objetivos establecidos, cabe destacar el plan de equipamientos penitenciarios y la elaboración de un reglamento de organización y funcionamiento de los servicios penitenciarios.

Todos estos instrumentos, especialmente en el horizonte de la apertura de los nuevos centros penitenciarios, comportan la necesidad de dar una nueva orientación en el ámbito de los recursos humanos que debe permitir el desarrollo compartido de una nueva cultura organizativa para adaptar nuestro modelo organizativo a las nuevas necesidades, incorporando nuevos elementos, reordenando y simplificando otros, y procurando la racionalización y modernización de nuestro sistema.

Las nuevas orientaciones en materia de recursos humanos se dirigen al desarrollo de las competencias y la carrera administrativa del personal penitenciario, a fortalecer sus valores profesionales y a facilitar su compromiso con el sistema, así como el apoyo y reconocimiento que requiere su tarea.

La introducción de las modificaciones indicadas afectan a las condiciones de trabajo del personal penitenciario. Dentro del contexto de mejora de la calidad del servicio público, sensible a las aspiraciones de los trabajadores y sostenible en el consumo de los recursos públicos, la administración y los representantes de las organizaciones sindicales con representación en el seno del grupo de trabajo penitenciario han procedido a la valoración y negociación de las condiciones de trabajo afectadas por las modificaciones antes enunciadas y de aquellas que sean susceptibles de mejora.

Esta propuesta de acuerdo constituye pues la plasmación conjunta de la voluntad de construir un servicio público de calidad y un modelo eficaz en la consecución de los hitos del sistema penitenciario, basado en unas relaciones de colaboración que permitan elaborar soluciones constructivas a las nuevas necesidades y a las problemáticas que en el ámbito de las relaciones laborales puedan suscitarse.

Así las partes representadas en el seno del grupo de trabajo penitenciario adoptan la siguiente propuesta de acuerdo.

  1. Políticas de ocupación

    La Administración y las organizaciones sindicales representativas en el seno del grupo de trabajo penitenciario comparten la necesidad de impulsar las actuaciones dirigidas a incrementar la estabilidad y a suprimir las situaciones de interinidad como garantía y condición para la prestación de un mejor servicio público en el ámbito penitenciario.

    A tal fin la administración se compromete a adoptar las medidas necesarias para que la incorporación del personal necesario en el ámbito penitenciario de todas las áreas se realice mediante ofertas de ocupación pública.

    En el caso del personal de los cuerpos penitenciarios: cuerpo C, Técnicos Especialistas, y cuerpo B, Diplomados se procederá a la publicación de las ofertas públicas de ocupación y de los correspondientes procesos selectivos con carácter anual. En el seno de la comisión de seguimiento de este acuerdo se tratarán los aspectos relevantes de las mencionadas ofertas y convocatorias.

    En lo que concierne al personal de cuerpos generales y especiales no penitenciarios la dotación de los puestos de nueva creación que se produzcan como consecuencia de la implantación de nuevos equipamientos penitenciarios se hará con carácter general mediante la incorporación de personal estable. A tal efecto el Departamento de Justicia y los restantes departamentos de la Generalidad afectados impulsarán la convocatoria de los correspondientes procesos de provisión y selección de puestos.

    En el caso de los cuerpos especiales con una presencia destacada en el ámbito penitenciario y en concreto en el caso del cuerpo de titulación superior, juristas, del cuerpo especial de psicólogos y en los cuerpos de diplomatura, asistentes sociales y educadores sociales, el Departamento de Justicia definirá el sistema para que las ofertas de puestos de trabajo necesarios se realicen con carácter parcial y recojan la totalidad de las plazas susceptibles de ser ofertadas. Asimismo, se convocarán concursos de provisión de puestos de trabajo, previos a los procesos de selección, que incluirán la totalidad de las plazas vacantes de los mencionados cuerpos en los centros penitenciarios.

    Las bases de las convocatorias de los citados procesos se tratarán en la comisión de seguimiento y se adaptarán para potenciar el conocimiento de las especificidades del ámbito penitenciario.

    Igualmente, se facilitarán comisiones de servicios internas al personal que presta servicios en los centros penitenciarios, siempre y cuando no coincida el calendario de gestión del correspondiente concurso de provisión con la apertura del nuevo equipamiento, de acuerdo con los criterios establecidos en la comisión de seguimiento para todos los centros.

  2. Movilidad

    2.1. Movilidad interadministrativa

    La Administración se compromete a promover la ampliación y mantenimiento del Convenio suscrito entre el Ministerio de Administraciones Públicas y el Departamento de Justicia en fecha 3.6.2002 sobre movilidad interadministrativa de los funcionarios del cuerpo técnico de especialistas, con el objetivo de ampliar la posibilidad de movilidad interadministrativa al resto de...

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