RESOLUCIÓN JUS/2982/2002, de 14 de octubre, por la que se otorgan subvenciones a Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para programas de servicios sociales en materia de atención a menores, a entidades de iniciativa social para programas de servicios sociales en materia de atención a menores, y a entidades de iniciativa social...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/2982/2002, de 14 de octubre, por la que se otorgan subvenciones a Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para programas de servicios sociales en materia de atención a menores, a entidades de iniciativa social para programas de servicios sociales en materia de atención a menores, y a entidades de iniciativa social colaboradoras con el Plan interdepartamental de coordinación de medidas dirigidas a los jóvenes tutelados por la Administración de la Generalidad al llegar a la mayoría de edad.

Vista la Orden del Departamento de Justicia de fecha 4 de abril de 2002 (DOGC núm. 3612, de 10.4.2002) de convocatoria pública para el establecimiento de convenios y otorgamiento de subvenciones en materia de servicios sociales de atención a menores, a ayuntamientos, consejos comarcales y entidades de iniciativa social de Catalunya;

Visto lo que dispone el capítulo 3 del anexo de la citada convocatoria pública sobre concesión de subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para los programas en materia de servicios sociales de atención a menores;

Visto lo que dispone el capítulo 4 del anexo de la citada convocatoria pública sobre concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para programas de servicios sociales en materia de atención a menores;

Visto lo que dispone el capítulo 5 del anexo de la citada convocatoria pública sobre concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social colaboradoras con el Plan interdepartamental de coordinación de medidas dirigidas a los jóvenes tutelados por la Administración de la Generalidad de Catalunya al llegar a la mayoría de edad;

Vistas las solicitudes de subvenciones presentadas y la propuesta de la Dirección General de Atención al Menor;

Vista la Ley 20/2001, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2002, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio;

En uso de las atribuciones que me confieren el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el artículo 93 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña,

Resuelvo:

-1 Otorgar a los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes detallados en el anexo 1 una subvención por las cantidades y los conceptos que se especifican para el mantenimiento de centros abiertos, pretalleres y otros programas diurnos preventivos de servicios sociales de atención a menores.

-2 Otorgar a las entidades de iniciativa social que se detallan en el anexo 2 una subvención por las cantidades y los conceptos que se especifican para el mantenimiento de servicios, establecimientos y actividades de servicios sociales de atención a menores.

-3 Otorgar a las entidades de iniciativa social detalladas en el anexo 3 una subvención por las cantidades que se especifican para ser aplicada a las respectivas actuaciones previstas en el Plan interdepartamental de coordinación de medidas dirigidas a los jóvenes tutelados por la Administración de la Generalidad al llegar a la mayoría de edad.

-4 Para la percepción de estas subvenciones será condición indispensable cumplir todos los requisitos que se establecen en la convocatoria.

-5 La justificación del cumplimiento de las finalidades y la aplicación de los fondos se ha de hacer antes del 30 de noviembre de 2002, de acuerdo con lo que establecen las disposiciones 22, 31 y 39 de las bases del anexo de la Orden de convocatoria de 4 de abril del 2002 y los artículos 95 a 99 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

-6 Denegar las solicitudes presentadas por las entidades que no figuran en los anexos de la presente Resolución.

-7 Contra esta Resolución, los interesados pueden interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, de conformidad con los artículos 14 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa; ambos plazos a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC. Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 14 de octubre de 2002

Josep-D. Guàrdia i Canela

Consejero de Justicia

Anexo 1

Ayuntamiento de Abrera.

Servicio: centro abierto Ayuntamiento de Abrera.

Cantidad concedida: 12.353,63 euros.

Ayuntamiento de Arenys de Mar.

Servicio: centro abierto Tallaferro.

Cantidad concedida: 6.909,16 euros.

Ayuntamiento de Argentona.

Servicio: centro abierto L'Esquirol.

Cantidad concedida: 11.488,18 euros.

Ayuntamiento de Balenyà.

Servicio: centro abierto Quitxalla.

Cantidad concedida: 13.587,29 euros.

Ayuntamiento de Caldes de Montbui.

Servicio: centro abierto Buimont. Centro de atención al niño y al joven.

Cantidad concedida: 8.841,13 euros.

Ayuntamiento de Canovelles.

Servicio: centro abierto Casa Nostra.

Cantidad concedida: 12.929,37 euros.

Ayuntamiento de Centelles.

Servicio: Espai Jove. Acción socioeducativa para jóvenes.

Cantidad concedida: 6.000 euros.

Ayuntamiento de Cubelles.

Servicio: centro abierto Els Garrofers.

Cantidad concedida: 6.909,16 euros.

Ayuntamiento de Esparreguera.

Servicio: centro abierto La Fulla.

Cantidad concedida: 16.067,67 euros.

Ayuntamiento de Manlleu.

Servicio: centro abierto Tripijoc.

Cantidad concedida: 12.449,79 euros.

Ayuntamiento de Olesa de Montserrat.

Servicio: centro abierto Ayuntamiento de Olesa de Montserrat.

Cantidad concedida: 19.420,11 euros.

Ayuntamiento de Pineda de Mar.

Servicio: centro abierto El Nus.

Cantidad concedida: 7.212 euros.

Ayuntamiento de Pineda de Mar.

Servicio: centro abierto Poblenou.

Cantidad concedida: 7.212 euros.

Ayuntamiento de Sant Andreu de la Barca.

Servicio: centro abierto Ayuntamiento de Sant Andreu de la...

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