ORDEN PTO/123/2003, de 14 de marzo, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para financiar la redacción de planes de ordenación urbanística municipal, programas de actuación urbanística municipal, planes parciales urbanísticos y planes de mejora urbana.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PTO/123/2003, de 14 de marzo, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para financiar la redacción de planes de ordenación urbanística municipal, programas de actuación urbanística municipal, planes parciales urbanísticos y planes de mejora urbana.

La Dirección General de Urbanismo lleva a cabo un programa de fomento del planeamiento con el fin de mejorar las condiciones urbanísticas de los municipios y para contribuir a la creación de suelo urbanizado.

Por todo ello, de acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Urbanismo,

Ordeno:

-1 Abrir convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a los ayuntamientos para la financiación de la redacción de planes de ordenación urbanística municipal, programas de actuación urbanística municipal, planes parciales urbanísticos y planes de mejora urbana.

-2 Esta convocatoria se financiará con cargo a la posición presupuestaria D/760160/100/4322 del centro gestor 1602 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña por un importe máximo de 949.012,10 euros.

-3 Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de estas subvenciones que se publican en el anexo de esta Orden.

Disposición final Artículos 1 a 10

Esta Orden entra en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 14 de marzo de 2003

Felip Puig i Godes

Consejero de Política Territorial

y Obras Públicas

Anexo

Bases

Artículo 1

Objeto

El objeto de esta convocatoria es la financiación de la redacción de planes de ordenación urbanística municipal, programas de actuación urbanística municipales, planes parciales urbanísticos y planes de mejora urbana, así como el establecimiento de las condiciones para el otorgamiento de las subvenciones.

Artículo 2

Destinatarios

Podrán optar a las citadas subvenciones todos los ayuntamientos de Cataluña que decidan promover cualquiera de las siguientes figuras de planeamiento urbanístico:

  1. De Planeamiento general.

    1.1 Adaptación del planeamiento general en vigor en la Ley 2/2002, de 14 de marzo, de urbanismo, y planes de ordenación urbanística municipal en municipios sin figura de planeamiento general o sólo con delimitación de suelo urbano.

    1.2 Programas de actuación urbanística municipal.

  2. De planeamiento derivado.

    2.1 Planes parciales de uso residencial o de uso industrial.

    2.2 Planes de mejora urbana para completar el tejido urbano, para cumplir operaciones de rehabilitación, de reforma interior, de remodelación o de transformación de usos.

Artículo 3

Cuantía

3.1 El importe de las subvenciones, en el caso de planes de ordenación urbanística municipal y de programas de actuación urbanística municipal, puede abarcar...

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