ORDEN VEH/156/2017, de 14 de julio, por la que se establecen especificaciones de operativa relativas a la homologación de los billetes de la lotería Loto Ràpid.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda
Rango de LeyOrden

El Decreto 89/2017, de 11 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la lotería Loto Ràpid, establece que la persona titular del departamento competente en materia de juego y apuestas, a propuesta del Consejo de Administración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalitat, tiene que regular, mediante una orden, todas aquellas cuestiones relativas a la homologación de los billetes.

El nuevo marco regulador de la lotería Loto Ràpid recoge un escenario nuevo con la comercialización de billetes en soporte electrónico, además del tradicional, por medio de los billetes en soporte físico. Este hecho comporta la necesidad de determinar la homologación de unos y otros billetes, procedimiento establecido hasta el día de hoy sólo para los billetes en soporte físico, mediante la Resolución de 4 de marzo de 1998, por la que se fija el procedimiento de homologación de los billetes de lotería que se utilicen en la lotería presorteada (DOGC número 2606, de 25.3.1998).

En consecuencia, es necesaria la regulación del procedimiento de homologación de los billetes electrónicos, que se diferencian de los tradicionales, emitidos en soporte físico, en el hecho de que la generación aleatoria de estos se hace en los sistemas informáticos centrales de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalitat. Eso comporta también la necesidad que existan restricciones del sistema, con la finalidad de evitar adquisiciones de billetes y formalización de apuestas fuera del territorio de Cataluña y de permitir el acceso únicamente a personas mayores de edad, aspectos, entre otros, regulados por la Orden ECO/275/2014, de 5 de septiembre, de regulación de las condiciones básicas y comunes de la comercialización de las loterías organizadas por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad mediante sistemas informáticos, telemáticos u otros interactivos. La aprobación del nuevo Reglamento de la lotería Loto Ràpid requiere de la regulación contenida en la presente Orden a efectos de permitir su comercialización, motivo por el que resulta necesario que esta Orden entre en vigor el día siguiente de su publicación.

Por lo tanto, a propuesta del Consejo de Administración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalitat, y haciendo uso de las facultades que me atribuye la disposición final primera del Decreto...

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