ORDEN TSF/62/2017, de 12 de abril, por la que se garantiza el servicio esencial de limpieza que presta la empresa Klulh Linaer España, SL, en el Instituto Municipal Servicios Personales de Badalona.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga presentada por el sindicato CGT en la empresa Klulh Linaer España, SL (con registro de entrada de 5 de abril de 2017 en los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias en Barcelona), que, prevista inicialmente para el día 17 de abril de 2017, se iniciará el día 18 de abril de 2017, con carácter indefinido, y que afecta a todos los trabajadores y las trabajadoras de la empresa que realizan el servicio de limpieza en el Instituto Municipal Servicios Personales (en adelante IMPS) de Badalona;

Visto que el servicio de limpieza que realiza la empresa en diversas dependencias del IMPS, como son las oficinas de la gerencia, centros de atención ambulatoria, centros residenciales (residencias y pisos tutelados) y centros educativos, se tiene que considerar un servicio esencial para la comunidad, ya que su interrupción afectaría derechos fundamentales como el de la salud, de acuerdo con los artículos 15 y 43 de la Constitución;

Visto que la autoridad gubernativa tiene que dictar las medidas necesarias con el fin de mantener el servicio esencial y garantizar los derechos constitucionales, tal como establecen los artículos 28 y 37 de la Constitución, teniendo en cuenta que esta restricción tiene que ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Visto que se tienen que garantizar las máximas condiciones higienicosanitàries para evitar cualquier riesgo de contaminación, y valorando que el derecho que se tiene que proteger es el de la salud de las personas;

Visto que la empresa Klulh Linaer España, SL, realiza la limpieza, por una parte, de las oficinas de la gerencia del IMPS y de los centros de atención, ambulatoria –los cuales se componen básicamente de despachos y oficinas, y los sanitarios (lavabos e inodoros) son servicios que básicamente utiliza el personal del IMPS– y, por la otra, de los centros residenciales (residencias y pisos tutelados) y de los centros educativos;

Visto que la falta de limpieza en los centros residenciales (residencias y pisos tutelados) y centros educativos puede suponer un riesgo sanitario, y teniendo en cuenta que se trata de un colectivo especialmente vulnerable para tratarse de personas que requieren una atención especial, y atendiendo las características de la convocatoria de huelga, se considera...

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