ORDEN TSF/311/2016, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a subvencionar los desplazamientos de las personas jóvenes inscritas en la Garantía Juvenil que participan en el Programa de Nuevas Oportunidades, en el Programa Integrales y/o en los Proyectos Singulares.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

La Estrategia Europa 2020 ha establecido como prioridad de la Unión un crecimiento sobre la base del conocimiento sostenible e integrador. Esta última prioridad incluye una mayor cohesión social y territorial y un alto nivel de empleo. Dentro de las medidas propuestas es clave habilitar a las personas para adquirir nuevas calificaciones y adaptarse a las nuevas condiciones y a los cambios potenciales de su carrera profesional.

Para hacer frente a la preocupante situación de juvenil, el Parlamento Europeo emitió la Resolución, de 24 de mayo de 2012, sobre Iniciativa de Oportunidades para la Juventud.

El Consejo Europeo, en las conclusiones sobre el marco financiero plurianual de 8 de febrero de 2013, creó una Iniciativa sobre la Juvenil, con una dotación de 6.000,00 millones de euros para el periodo 2014-2020, para apoyarse las medidas establecidas en el paquete de Juvenil propuesto por la Comisión el 5 de diciembre de 2012 y, en particular, la Garantía Juvenil.

En el ámbito estatal, con el objetivo de implementar los sistemas de Garantía Juvenil, España aprobó un Programa Operativo de Juvenil (POEJ) en el marco del Fondo Social Europeo para el período de programación 2014-2020.

Posteriormente, la Ley 18/2014, de 15 de octubre, modificada por la Ley 25/2015, de 28 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, regula, entre otros extremos, la creación del fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y el proceso de atención a las personas jóvenes inscritas.

La Generalidad de Cataluña ha elaborado, a su vez, un documento de Bases para la estrategia de Juvenil en Cataluña entendido como el marco de referencia que contiene el contexto Europeo y del Estado, la diagnosis de las personas jóvenes NOEF (personas jóvenes que no están ocupadas ni en procesos de educación o formación) en Cataluña, la financiación que se destina a la Garantía en Cataluña, la programación por anualidades, la operativa de la puesta en marcha, el funcionamiento, el seguimiento y la evaluación de la Garantía Juvenil.

Los elevados porcentajes de personas jóvenes que están en situación de paro, o que han abandonado prematuramente el sistema educativo y que se encuentran sin trabajo y sin mejorar su formación constituyen una preocupación social sobradamente compartida por la sociedad catalana y por el Gobierno de la Generalidad, que lo ha asumido como una de las prioridades de la acción de gobierno.

Para el desarrollo de esta estrategia de ocupación juvenil en Cataluña resulta imprescindible ofrecer una movilidad adecuada a las personas jóvenes que participen en estas actuaciones por lo cual la Generalidad de Cataluña entiende necesario poner a disposición de las entidades colaboradoras un apoyo a fin de que estas puedan cubrir las necesidades de transporte de las personas jóvenes participantes, sin ningún coste por éstas.

En fecha 22 de abril de 2013 el Consejo de la Unión Europea dictó una Recomendación sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil. Esta Recomendación propone hacer frente a la mayor vulnerabilidad en paro de las personas jóvenes e indica la conveniencia de facilitarlos propuestas formativas cuando, cuatro meses después de acabar la educación formal, no dispongan de trabajo ni sigan un itinerario formativo.

Visto el Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el cual se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, en el Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el cual se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo;

Visto el Reglamento (UE) núm. 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo al Fondo Social Europeo y por el cual se deroga el Reglamento (CE) núm. 1081/2006 del Consejo;

Visto el Plan Nacional de implantación de la Garantía Juvenil, que determina que con el objetivo de implementar los sistemas de Garantía Juvenil, España pondrá en marcha un Programa Operativo de Juvenil (POEJ) en el marco del Fondo Social Europeo para el periodo de programación 2014-2020;

Visto el Programa Operativo de O Juvenil 2014-2020, núm. CCI2014ES05M90PO01, aprobado por la Decisión de ejecución de la CE de 12 de diciembre de 2014;

Vistas las Bases para la Estrategia de Juvenil en Cataluña el período 2014-2020, aprobadas por el Gobierno el 9 de septiembre de 2014;

Vista la Ley 18/2014, de 15 de octubre, modificada por la Ley 25/2015, de 28 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que regula las bases del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y el procedimiento de inscripción entre otras medidas;

Vista la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de y de creación del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Vista la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Visto el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el cual se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el cual se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público;

Vista la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres;

Vista la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia;

Vista la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones;

Visto el Decreto 252/2015, de 15 de diciembre, por el cual se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2015, mientras no entren en vigor los de 2016.

Vistos los informes del Área Jurídica de Trabajo y Relaciones Laborales y de la Intervención Delegada, habiendo informado previamente al Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, a propuesta de la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña

Por todo eso,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a subvencionar los gastos de las entidades que han financiado mediante fondo propios, los desplazamientos de las personas jóvenes inscritas a la Garantía Juvenil que participan en el Programa regulado en el contrato administrativo de desarrollo de programas de Nuevas Oportunidades, de fecha de adjudicación del 22 de diciembre de 2015, al Programa Integrales regulado en la Orden/319/2015, de 14 de octubre y al Programa de Proyectos Singulares regulado en la Orden EMO/322/2015, de 14 de octubre. Las bases reguladoras se detallan en el anexo de esta Orden.

Esta actuación contribuye a alcanzar los resultados definidos por el objetivo específico del Eje Prioritario 5 relativo a la integración sostenible en el mercado de trabajo de los jóvenes desocupados, que no participan en actividades de educación ni formación, en el contexto de la Garantía Juvenil, con una tasa de cofinanciamiento del 91,89%.

Disposición adicional

Se autoriza a la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña a dictar las disposiciones que considere oportunas para el desarrollo de esta Orden.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 15 de noviembre de 2016

Dolors Bassa i Coll

Consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias

Anexo

Bases reguladoras

Base 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las entidades que han sido beneficiarias en los programas de Nuevas Oportunidades, Programas Integrales y Proyectos Singulares y que han financiado mediante fondos propios, los gastos de movilidad de los jóvenes vinculados a estas actuaciones, siempre que así lo hayan previsto las respectivas convocatorias o cláusulas contractuales. No se incentivará la concesión de ayudas al transporte por la realización de prácticas profesionales remuneradas en empresas.

Base 2

Publicación

En cuanto a la publicación de las bases y convocatorias esta Orden se rige por lo que establece el artículo 68.5 del Estatuto de Autonomía de Cataluña y la normativa en materia de subvenciones.

Base 3

Entidades beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas aquellas entidades que hayan sido beneficiarias directas, mediante la resolución correspondiente, de algunos de los programas de Nuevas Oportunidades, regulados en el contrato administrativo de desarrollo de programas de Nuevas Oportunidades, de fecha de adjudicación del 22 de diciembre de 2015, de los Programas Integrales regulados a la Orden EMO/319/2015, de 14 de octubre y/o de los Proyectos Singulares regulados al Orden EMO/322/2015, de 14 de octubre; que hayan facilitado, mediante recursos propios, los desplazamientos de las personas jóvenes destinatarias de estos programas y que lo puedan acreditar. Este transporte no tiene que haber supuesto ningún tipo de gasto económico para las personas jóvenes.

Base 4

Personas destinatarias de la ayuda

Las personas destinatarias son las personas jóvenes inscritas a la Garantía Juvenil, participantes activos de programas de Nuevas Oportunidades, Integrales y/o Singulares del Servicio Público de Empleo de...

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