ORDEN TSF/284/2016, de 24 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización del Programa 30 Plus para la inserción de personas desocupadas de 30 y más años.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

El eje 1 del Plan de gobierno 2013-2016, “Recuperación económica y creación de empleo”, tiene como primer objetivo detener la tendencia de los últimos años del mercado laboral, frenando la destrucción de puestos de trabajo y avanzar en la creación de empleo.

Uno de los colectivos a los cuales se ha visto afectados por la destrucción de puestos de trabajo fruto de la crisis de estos últimos años, ha sido el de las personas de 30 y más años, las cuales, en un porcentaje bastante elevado, todavía se encuentran en situación de paro.

Asimismo, se detecta una falta de políticas de empleo específicas destinadas a las personas desocupadas de 30 años y más sin una problemática específica de riesgo de exclusión. En caso de no efectuarse una rápida intervención se corre el riesgo de cronificar su situación de paro y, que se conviertan en personas desocupadas de larga duración. Hay que tener presente que el paro de larga duración es uno de los factores que dificulta más la inserción laboral de las personas que no tienen trabajo.

Este año, el número de parados en Cataluña se ha reducido durante el primer trimestre del año en 8.600 personas en relación con el trimestre anterior y se sitúa en 660.000, hecho que supone una tasa de paro del 17,42%, según la Encuesta de Población Activa (EPA). Intertrimestralmente, a diferencia de lo que ha sucedido en los primeros trimestres de los últimos cuatro años, la población activa ha aumentado en 17.100 personas (+0,5%). El empleo también ha aumentado (25.700 ocupados más; +0,8%), y el paro se ha reducido (8.600 parados menos; -1,3%). Pero aunque la tendencia es positiva, actualmente, en Cataluña todavía hay un total de 434.539 personas paradas de 30 y más años, a las que el Servicio Público de Empleo de Cataluña tiene que dar una respuesta, llevando a cabo medidas y programas que contribuyan a su inserción inmediata en el mercado de trabajo.

Las políticas activas de empleo (PAO) pueden facilitar la entrada o la reincorporación de estas personas desempleadas al mercado de trabajo. En este sentido, muchas personas de personas de 30 o más años que han sido expulsadas del mercado de trabajo, en breve, podrían reincorporarse de nuevo i emplearse en sectores donde no habían trabajado anteriormente. Por lo tanto, se trata de implementar medidas destinadas a aumentar la demanda de trabajo en épocas de poco crecimiento, mediante programas integrales que fomenten el empleo y la creación de puestos de trabajo.

La naturaleza de las PAO tiene que ir adaptándose para hacer frente a un clima económico y social diferente y a las nuevas tendencias del mercado de trabajo, donde los enfoques innovadores son indispensables para mejorar la situación. La mayoría de las PAO se centran en intervenciones orientadas a la oferta (con la finalidad de preparar a las personas para el empleo) y dan poca atención a los requisitos de los empleadores (empresa/sector productivo), provocando una falta de previsión de cuáles son las futuras tendencias del mercado de trabajo (nuevos sectores y nuevos yacimientos de empleo). Este hecho limita los resultados que, potencialmente, puedan tener las PAO más allá del período en el que se implementan.

Este nuevo programa se inscribe en un modelo de política de empleo que tiene como objetivo la inserción directa en el mercado laboral de las personas paradas, basándose en una fórmula ya experimentada en “Hacemos Empleo para Jóvenes”, un programa que ha obtenido unos buenos resultados respecto a sus datos de inserción. Con estos dispositivos, se trata pues, de buscar un enfoque diferente, ya que la política activa de empleo toma como punto de partida las necesidades reales de la empresa: en función de lo puestos de trabajo existentes al territorio se seleccionan las personas más adecuadas para estas vacantes por ocuparlos y se les proporciona la formación específica más adecuada para desarrollar correctamente las tareas requeridas. De esta manera, se pone el acento al incentivar la demanda en el mercado de trabajo.

A pesar de la mejora experimentada en el descenso de la tasa de paro, una gran parte de los puestos de trabajo de nueva creación son precarios. Por este motivo, se debe velar y potenciar para la creación de empleo estable y de calidad. Uno de los principios generales de las políticas activas de empleo, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, es contribuir a la calidad y al mantenimiento del empleo. Se habla de la recuperación económica, pero en términos de trabajo se debe avanzar en la mejora de las condiciones laborales que ofrecen los nuevos empleos.

La precariedad y la excesiva rotación laboral ya no afecta sólo a las personas jóvenes, porque los contratos de días o semanas se han generalizado y también afectan de manera similar a los trabajadores de 30 y más años. Este programa pretende incidir también en la calidad del empleo, dando apoyo a la contratación mínima de 6 meses y regulando una subvención que puede abarcar hasta 9 meses de la contratación, con el objetivo que las personas desocupadas que participen en él se inserten definitivamente en el mercado de trabajo.

Respecto a la posible participación de los agentes ocupacionales en implementación de este programa, mediante esta Orden se ha reforzado el nuevo modelo territorial previsto a la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña. Por lo tanto, el objetivo es evitar duplicidades, y fomentar la colaboración entre los entes locales que conocen la realidad de los mercados laborales en el territorio y las estrategias de desarrollo del territorio.

En este Programa está recogido en el Plan anual de políticas activas de empleo 2016 como programa propio de Cataluña. De acuerdo con el establecido en la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016 y la Resolución de 22 de agosto de 2016, de la Secretaría de estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de agosto de 2016, por el que se aprueba el Plan anual de Política de Empleo (PAPE) para 2016, las Comunidades Autónomas pueden realizar servicios y programas de políticas activas de empleo propios, diferentes a los estrictamente regulados por la normativa estatal vigente, y adaptados a la realidad de las personas desempleadas y del tejido productivo de su ámbito territorial.

Visto el Reglamento (UE) núm. 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de las artículos 107 y 108 del Tratado CE a las ayudas de minimis;

Vista la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Vista la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del Sistema de Empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Vista la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres;

Vista la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones;

Visto el Decreto 252/2015, de 15 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2015, mientras no entren en vigor los del 2016.

Vistos los informes del Área Jurídica de Trabajo y Relaciones Laborales y de la Intervención Delegada, habiendo informado previamente en el Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, a propuesta de la persona titular de la dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Por todo ello,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones del Programa 30 Plus para la inserción de personas desempleadas de 30 y más años.

Las bases reguladoras se detallan en el anexo 1.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera

Estudios de impacto

El Servicio Público de Empleo de Cataluña llevará a cabo un estudio de impacto sobre los resultados derivados de las subvenciones en los cuales sea de aplicación esta Orden y de acuerdo con los objetivos previstos.

Disposición adicional segunda

Se autoriza a la persona titular de la dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña a dictar las disposiciones que considere oportunas para el desarrollo de esta Orden.

Disposición adicional tercera

Esta Orden de bases se entenderá automáticamente modificada por la normativa comunitaria, estatal o autonómica que con posterioridad en su entrada en vigor se pueda promulgar.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 24 de octubre de 2016

Dolors Bassa i Coll

Consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias

Anexo 1

Bases reguladoras

Base 1

Objeto

1.1. El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones del Programa 30 Plus para la realización de proyectos que desarrollen actuaciones ocupacionales para favorecer la inserción laboral de personas en situación de paro de 30 años y más, preferentemente de entre 30 y 45 años y bajo nivel formativo, proporcionándoles, entre otros recursos, la formación y competencias necesarias para ocupar un determinado puesto de trabajo.

1.2. Cada una de las personas que participen en este programa recibirá las siguientes actuaciones ocupacionales:

- Experiencia profesional mediante un contrato.

- Adquisición de competencias y/o formación vinculada al contrato de trabajo.

- Orientación y acompañamiento en el proceso de contratación y formación.

Base 2

Personas destinatarias

2.1. Podrán ser destinatarias de este programa las personas en...

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