ORDEN TSF/224/2019, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden TSF/178/2019, de 4 de octubre, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria de subvenciones a entidades destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas de las comunidades autónomas, del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

Vista la Orden TSF/178/2019, de 4 de octubre, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas de las comunidades autónomas, del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias (DOGC núm. 7976, de 8.10.2019);

Vista la Resolución TSF/2582/2019, de 8 de octubre, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas de las comunidades autónomas, del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias (DOGC núm. 7979, de 11.10.2019);

Visto el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre la concesión de subvenciones a programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas para el año 2019, del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, de 10 de octubre de 2019;

La experiencia de convocatorias anteriores aconseja simplificar el procedimiento administrativo aplicable a las ayudas, con el fin de agilizar la tramitación, evitando la duplicidad de abrir exclusivamente una cuenta bancaria para los ingresos y gastos realizados con cargo a la subvención mencionada y minimizar las cargas administrativas para las entidades solicitantes.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo único

Se modifica la base 12.7 de la Orden TSF/178/2019, de 4 de octubre, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas de las comunidades autónomas, del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, que queda redactado de la...

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