ORDEN TES/1/2020, de 2 de enero, de modificación de la Orden TES/226/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las tarifas aplicables a los servicios interurbanos de taxi.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD |
Rango de Ley | Orden |
El Departamento de Territorio y Sostenibilidad, mediante la Orden TES/226/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las tarifas aplicables a los servicios interurbanos de taxi (DOGC núm. 7777 de 31.12.2018), estableció el régimen tarifario aplicable a los servicios interurbanos de taxi en el que se establecen los diferentes suplementos a aplicar en los servicios en los supuestos previstos.
Por lo que respecta a los suplementos, en el artículo 1.2 de la Orden mencionada se establece la aplicación de un suplemento de 3,10 en los servicios que comporten la entrada o la salida de un aeropuerto y en el artículo 1.3 la aplicación de un suplemento de 3,10 en los servicios que comporten el transporte de más de cuatro pasajeros con vehículos de hasta 9 plazas de capacidad incluido el conductor (incluyendo a todos los pasajeros).
Con la finalidad de homogeneizar situaciones en los ámbitos tarifarios urbano e interurbano, y teniendo en cuenta que el importe de los suplementos mencionados se ha establecido en el ámbito de la AMB en un importe de 4,30 euros, se considera conveniente la modificación de los artículos 1.2 y 1.3 de la Orden TES/226/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las tarifas aplicables a los servicios interurbanos de taxi, así como también de su anexo, con el fin de incorporar el importe mencionado en los suplementos correspondientes a los servicios que comporten la entrada o la salida de un aeropuerto y que comporten el transporte de más de cuatro pasajeros con vehículos de hasta 9 plazas de capacidad incluido el conductor.
Por todo lo que se ha expuesto, vista la Ley 19/2003, de 4 de julio, del taxi,
Ordeno:
Se modifica el artículo 1.2 de la Orden TES/226/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las tarifas aplicables a los servicios interurbanos de taxi, el cual pasa a tener el redactado siguiente:
“1.2 Se aplicará un suplemento de 4,30 euros en los servicios que comporten la entrada o la salida de un aeropuerto.
Se modifica el artículo 1.3 de la Orden TES/226/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las tarifas aplicables a los servicios interurbanos de taxi, el cual pasa a tener el redactado siguiente:
“1.3 Se aplicará un suplemento de 4,30 euros en los servicios que comporten el transporte de más de cuatro pasajeros con vehículos de hasta 9 plazas de capacidad incluido el conductor...
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