ORDEN ENS/181/2012, de 22 de junio, por la que se crean varios precios públicos para la matrícula de los ciclos formativos de grado superior impartidos en los centros dependientes del Departamento de Enseñanza.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

El artículo 3.5 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación sitúa entre las enseñanzas que conforman la educación superior las enseñanzas de formación profesional de grado superior y las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior. Por otra parte, el artículo 4 de la misma Ley, y el artículo 5.2 de la Ley 12/2009, del 10 de julio, de educación, no incluyen entre las enseñanzas declaradas gratuitas los ciclos formativos de grado superior.

En este marco normativo que incluye los ciclos formativos de grado superior dentro de las enseñanzas superiores, se considera conveniente establecer una aportación económica a cargo de las personas que utilizan el servicio, opción que ya existe en las enseñanzas artísticas superiores, las enseñanzas deportivas y las universitarias.

Por ello, de acuerdo con lo que establece el capítulo III del título I del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial, y de acuerdo con los informes favorables de la Intervención Delegada y de la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Conocimiento,

Ordeno:

Artículo 1

Creación

1.1 Crear los siguientes precios públicos para las enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño derivadas de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), impartidas en los centros dependientes del Departamento de Enseñanza:

  1. Matrícula por curso en el ciclo formativo de grado superior de formación profesional inicial y en el de artes plásticas y diseño.

    El precio de matrícula por curso comprende todas las unidades formativas y, en su caso, el módulo de formación en centros de trabajo o el módulo de formación en empresas, estudios y talleres que el centro tenga programados durante el curso.

    El alumno que se matricule en todas las unidades formativas del curso tiene que satisfacer necesariamente el precio de matrícula por curso, sin posibilidad de optar por satisfacer el precio de matrícula por las diversas unidades formativas que lo integran.

    El alumno puede optar por satisfacer el precio de la matrícula por curso, aunque no tenga que matricularse en la totalidad de las unidades formativas que lo componen.

    El alumno que se matricule en unidades formativas de dos cursos diferentes puede optar por satisfacer el precio de la matrícula por un curso.

  2. Matrícula por unidad formativa en el ciclo formativo de grado superior de formación profesional inicial y en el de artes plásticas y diseño.

  3. Matrícula en el módulo de formación en centros de trabajo (FCT) en el ciclo formativo de grado superior de formación profesional inicial. El precio de la matrícula de este módulo incluye también la matrícula que se haga en el curso siguiente, con el fin de completar la duración del módulo.

  4. Matrícula en la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, en el ciclo formativo de grado superior de artes plásticas y diseño.

    El precio de la matrícula de esta fase incluye también la matrícula del siguiente curso, con el fin de completar la duración de la fase.

    Al alumnado que en el curso académico 2012-2013 esté matriculado en el segundo curso de un ciclo formativo LOE, los precios públicos creados en el artículo 1.1 de esta Orden se le aplican de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera.

    1.2 Crear los siguientes precios públicos para las enseñanzas de formación profesional específica y para las de artes plásticas y diseño derivadas de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (LOGSE), impartidas en centros dependientes del Departamento de Enseñanza:

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