ORDEN JUS/188/2017, de 1 de agosto, por la que se crean los Premios ADR Justicia para trabajos de investigación e iniciativas prácticas en el ámbito de la mediación y otros medios de resolución de conflictos y se aprueban las bases que tienen que regir su concesión.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

El Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña establece, en su artículo 3.10.6 que al Departamento de Justicia le corresponde el ejercicio de la función relativa a la promoción y el desarrollo de los medios alternativos de resolución de conflictos.

El Decreto 278/2016, de 2 de agosto, de reestructuración del Departamento de Justicia, establece que el Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, adscrito a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, tiene por objeto promover y administrar la mediación regulada mediante la Ley 15/2009, del 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado.

El artículo 21 de la Ley 15/2009, del 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado, establece entre las funciones del Centro de Mediación en Derecho Privado de Cataluña el estudio, el fomento y la difusión de la mediación.

Dentro de este marco, se crean los Premios ADR Justicia para los mejores trabajos de investigación y las mejores iniciativas y prácticas impulsadas por entidades, instituciones y organismos públicos o privados en el ámbito de la mediación y otros medios de resolución de conflictos, y se aprueban las bases que deben regir su concesión. La finalidad de estos premios es la de reconocer y difundir los trabajos de investigación así como las iniciativas que tengan por objeto el estudio y la aplicación práctica de la mediación y los medios alternativos de resolución de conflictos con el objetivo de promover, reconocer y difundir, por una parte, la originalidad, la innovación, el avance teórico y/o la aplicabilidad práctica de las mejores investigaciones y, de la otra, promover, reconocer y difundir las mejores acciones y las mejores prácticas en este ámbito.

Por todo ello,

Ordeno:

−1 Crear los Premios ADR Justicia a los mejores trabajos de investigación y a las mejores iniciativas y prácticas impulsadas por entidades, instituciones y organismos públicos o privados en el ámbito de la mediación y otros medios de resolución de conflictos.

−2 Aprobar las bases que deben regir la concesión de los Premios ADR Justicia, las cuales constan en el anexo de esta Orden.

−3 Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

−4 Contra esta Orden las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , en los términos que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Barcelona en el plazo de dos meses a contar, igualmente, del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , de conformidad con los artículos 8.3, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o cualquier otro recurso que sea procedente.

Barcelona, 1 de agosto de 2017

Carles Mundó i Blanch

Consejero de Justicia

Anexo

Bases reguladoras de la concesión de los Premios ADR Justicia a los mejores trabajos de investigación y a las mejores iniciativas y prácticas impulsadas por entidades, instituciones y organismos públicos o privados en el ámbito de la mediación y otros medios de resolución de conflictos

−1 Objeto y finalidad

1.1 Estas bases tienen por objeto regular la concesión de los Premios ADR Justicia a los mejores trabajos de investigación y a las mejores iniciativas y prácticas impulsadas por entidades, instituciones y organismos públicos o privados en el ámbito de la mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR) con el objetivo de promover, reconocer y difundir, de una parte, la originalidad, la innovación, el avance teórico o la aplicabilidad práctica de las mejores investigaciones y, de la otra, promover, reconocer y/o difundir las mejores acciones y/o prácticas en este ámbito.

1.2 Se otorgará un premio por cada una de las siguientes categorías:

1.2.1 Categoría A:

  1. A la mejor tesis doctoral no publicada, presentada y calificada en cualquiera de las universidades catalanas, que verse sobre cualquier aspecto relacionado con la mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR), desde todo tipo de perspectivas, sean jurídicas, económicas, sociológicas, políticas, etc.

  2. Al mejor trabajo de investigación de autoría individual, que verse sobre cualquier aspecto relacionado con la mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR), desde todo tipo de perspectivas, sean jurídicas, económicas, sociológicas, políticas, etc., presentado en cualquiera de las universidades catalanas.

    Se considerarán trabajos de investigación, entre otros, los trabajos o proyectos finales de grado o de máster.

    1.2.2 Categoría B:

  3. A la mejor práctica en mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR) impulsada por la Administración local de Cataluña.

  4. A la mejor iniciativa en mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR) impulsada por instituciones u organizaciones públicas o bien por profesionales, empresas o entidades privadas con sede social o delegación en Cataluña.

    −2 Personas destinatarias

    2.1 Pueden optar a premio:

    2.1.1 Categoría A:

  5. Las personas autoras de una tesis doctoral sobre mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR) no publicada, presentada en cualquiera de las universidades catalanas.

  6. Las personas autoras de un trabajo de investigación sobre mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR), presentado en cualquiera de las universidades catalanas.

    2.1.2 Categoría B:

  7. Administraciones locales de Cataluña que hayan llevado a cabo acciones sobre mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR).

  8. Instituciones u organizaciones públicas o profesionales, empresas o entidades privadas con sede social o delegación en Cataluña que hayan llevado a cabo acciones sobre mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR).

    2.2 Cada aspirante solo puede presentarse a una de las modalidades.

    −3 Premios

    3.1 La categoría A del premio dispondrá de una dotación económica, cuyos importe y distribución entre las subcategorías a y b se determinará en cada convocatoria.

    3.1.1 El jurado tiene la facultad de proponer la concesión del premio ex aequo si la calidad de las candidaturas presentadas así lo aconseja.

    En este caso la dotación económica será compartida entre las tesis y/o trabajos premiados.

    3.1.2 En caso de que quede desierto el premio de la categoría A.a) correspondiente a la mejor tesis doctoral, este importe se destinará a la categoría A.b) de mejor trabajo de investigación, de modo que, en este supuesto, se premiarán dos trabajos de investigación.

    3.2. En la categoría B el premio consiste en la distinción acreditativa de carácter honorífico siguiente:

  9. Un diploma acreditativo a la mejor práctica impulsada por la Administración local de Cataluña en mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR).

  10. Un diploma acreditativo a la mejor iniciativa en mediación y otros medios de resolución de conflictos (ADR), impulsada por instituciones u organizaciones públicas o por profesionales, empresas o entidades privadas con sede social o delegación en Cataluña.

    3.3 Asimismo, el Departamento de Justicia hará difusión de los trabajos y de las...

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