ORDEN JUS/13/2018, de 12 de febrero, por la que se aprueba inicialmente la relación de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia de la oficina judicial de Cerdanyola del Vallès (Orden de 12 de febrero, publicada en el BOE núm. 45, de 20 de febrero).

SecciónCargos y Personal
EmisorMINISTERIOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO
Rango de LeyOrden

La Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley orgánica del poder judicial (LOPJ), establece un nuevo diseño organizativo de las estructuras y formas de trabajo de la oficina judicial que permite la introducción de metodologías de trabajo y criterios de gestión homogéneos en todas ellas, así como la racionalización de los medios instrumentales y la incorporación de las nuevas tecnologías, con el fin de obtener un servicio más ágil, eficaz y de calidad que dé un mejor servicio a los ciudadanos.

El artículo 521.1 de la LOPJ establece que la ordenación del personal y su integración en las diferentes unidades que conforman la estructura de las oficinas judiciales se realizará por medio de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben y que en todo caso serán públicas.

El Decreto 169/2010, de 16 de noviembre, sobre estructura y organización de la oficina judicial en Cataluña define el modelo de oficina judicial y establece los diferentes tipos de servicios comunes procesales que debe haber en cada partido judicial en función de su dimensión.

De conformidad con el artículo 435.4 de la LOPJ, los puestos de trabajo de la oficina judicial sólo podrán ser cubiertos por personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de justicia, que se especifican en el libro VI de este texto legal.

De acuerdo con el artículo 522 de la LOPJ, corresponde a las comunidades autónomas con competencias asumidas en materia de personal al servicio de la Administración de justicia la aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales en sus ámbitos territoriales respectivos. La aprobación definitiva corresponderá al Ministerio de Justicia, que sólo podrá denegarla por razones de legalidad.

En virtud del Decreto 129/1996, de 16 de abril, se asignan al Departamento de Justicia las funciones y los servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de justicia.

La relación de puestos de trabajo de la oficina judicial de Cerdanyola del Vallès se ha sometido a informe del Consejo General del Poder Judicial y de la Comisión de Retribuciones y Gastos de Personal del Consejo para el Impulso y la Ordenación de la Reforma de la Administración y se ha negociado con las organizaciones sindicales.

En atención a lo expuesto, de acuerdo con la delegación de competencias prevista en el Acuerdo de Gobierno...

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