ORDEN JUS/106/2017, de 1 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos orientados a la reinserción y rehabilitación de personas internadas en los centros penitenciarios de Cataluña y liberadas condicionales.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

El Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña tiene entre sus funciones el desarrollo de políticas de reinserción social hacia las personas internas en los centros penitenciarios y liberadas condicionales, las cuales tienen asignada la Dirección General de Servicios Penitenciarios, con la finalidad de dar apoyo a programas específicos de intervención en materia de cumplimiento de resoluciones judiciales dictadas por la jurisdicción penal, mediante el otorgamiento de subvenciones a las fundaciones, asociaciones, instituciones, organizaciones no gubernamentales y entidades de iniciativa social, todas ellas sin ánimo de lucro, que colaboran en estos ámbitos.

La Ley orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, general penitenciaria establece en el artículo 1 que las instituciones penitenciarias tienen como finalidad primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados. Igualmente tienen a su cargo una tarea asistencial y de ayuda para internos y liberados.

El Real decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento penitenciario dispone en el artículo 2 que la actividad penitenciaria tiene como finalidad primordial la reeducación y reinserción social de los sentenciados a penas y medidas de seguridad privativas de libertad, y también la retención y custodia de los detenidos, presos y penados, y la asistencia social de los internos, liberados y de sus parientes.

El mismo Real decreto establece en el artículo 110 que para la consecución de la finalidad resocializadora de la pena privativa de libertad, la Administración penitenciaria:

  1. Tiene que diseñar programas formativos orientados a desarrollar las aptitudes de los internos, enriquecer sus conocimientos, mejorar sus capacidades técnicas o profesionales y compensar sus carencias.

  2. Tiene que utilizar los programas y las técnicas de carácter psicosocial que estén orientados a mejorar las capacidades de los internos y a tratar los problemas específicos que puedan haber influido en su comportamiento delictivo anterior.

  3. Tiene que potenciar y facilitar los contactos del interno con el exterior contando, siempre que sea posible, con los recursos de la comunidad como instrumentos fundamentales en las tareas de reinserción.

La Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales, prevé que la Administración de la Generalidad puede otorgar subvenciones y otras ayudas a las entidades de iniciativa social para coadyuvar al cumplimiento de sus actividades de servicios sociales.

En base a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento de despliegue aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio;

En consecuencia, valorada la conveniencia de promover y apoyar las actuaciones de las entidades que desarrollan su actividad en el ámbito referido, de acuerdo con el artículo 92 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2000, de 24 de diciembre, a propuesta de la Dirección General de Servicios Penitenciarios, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases que tienen que regular la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos y programas orientados a la reinserción y rehabilitación de personas internadas en centros penitenciarios y liberadas condicionales.

Artículo 2

Esta Orden entra en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Contra esta Orden que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero del Departamento de Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, en los términos que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar, igualmente, desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con los artículos 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; o cualquier otro recurso que se considere procedente.

Barcelona, 1 de junio de 2017

Carles Mundó i Blanch

Consejero de Justicia

Bases reguladoras

−1 Objeto

Estas bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos orientados a la reinserción y rehabilitación de personas internadas en los centros penitenciarios de Cataluña y liberadas condicionales.

Los programas susceptibles de subvención se desarrollarán en el ámbito territorial de Cataluña, en los centros penitenciarios que se relacionan en el anexo 1.

En dicho anexo, también se detalla la población interna actual de cada centro.

A estos efectos, los proyectos mencionados se agrupan en los siguientes programas subvencionables:

  1. Actuaciones en el ámbito de la salud mental, la discapacidad y la atención a las personas mayores que llevan a cabo entidades sociales de manera habitual y que ayuden a complementar acciones que se llevan a cabo en el entorno social y a favorecer los procesos de integración social de personas internas en centros penitenciarios y/o liberadas condicionales.

  2. Programas de reinserción social en el área sociosanitaria destinados a las personas internas en los centros penitenciarios, y a las liberadas condicionales, de Cataluña, que sean enfermos terminales, que sufren una enfermedad muy grave incurable, incluidos los programas de intervención psicosocial para prevenir y abordar las enfermedades infecciosas y programas relacionados con el cuidado de la salud y del bienestar personal.

  3. Programas de reinserción social en el ámbito de la educación social para llevar a cabo proyectos de resolución alternativa de conflictos, destinados a las personas internas en centros penitenciarios y a las liberadas condicionales, de Cataluña.

  4. Programas de reinserción social en el ámbito de la educación social para llevar a cabo actividades relacionadas con las artes visuales, plásticas, escénicas y audiovisuales, con la educación para el ocio, y con la organización de concursos, exposiciones, muestras y ferias para promover sus creaciones, de las personas internas en los centros penitenciarios de Cataluña.

  5. Programas de reinserción social que cuentan con la corresponsabilidad y participación de la sociedad civil, a través del voluntariado dirigido a dar soporte a las personas internas en los centros penitenciarios y a las liberadas condicionales y a sus familias, así como actuaciones de soporte a la intervención y el seguimiento comunitario de personas con delitos contra la libertad sexual y el tráfico. También para llevar a cabo acciones de gestión y formación del voluntariado penitenciario, así como tareas de difusión y sensibilización de la importancia del favorecimiento de los procesos de reinserción social, de dinamización de sinergias entre las diferentes entidades que participan en estos procesos.

  6. Acciones en el área de la intervención preventiva en el ámbito de las conductas adictivas que puedan llevar a cabo entidades a la comunidad y que puedan tener un efecto positivo para las personas internas en los centros penitenciarios y en las liberadas condicionales de Cataluña en el proceso de reinserción social.

  7. Programas de reinserción social en el ámbito comunitario para llevar a cabo actividades de atención y de intervención socioeducativa, para dar apoyo a las personas internas en los centros penitenciarios y a las liberadas condicionales, de Cataluña, y a sus familias.

  8. Programas de reinserción social en el ámbito comunitario para llevar a cabo actividades de acogimiento y de intervención socioeducativa en hogares, casas y pisos, dirigidos a las personas internas en los centros penitenciarios y a las liberadas condicionales, de Cataluña.

  9. Programas de intervención en el marco del Plan de acción y desarrollo de políticas de mujeres, desde la perspectiva de género, así como aquellas políticas relacionadas con la diversidad afectivo-sexual tendente a potenciar el respeto y la no discriminación en razón de orientación sexual, identidad sexual o de género, dirigidos a las personas internas en los centros penitenciarios y a las liberadas condicionales, de Cataluña.

  10. Actuaciones dirigidas a la prevención, intervención y aplicación de nuevas metodologías dirigidas a las personas jóvenes internas en los centros penitenciarios y a las liberadas condicionales de Cataluña.

    Los proyectos propuestos se clasificarán en función de la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración que se contienen en la base 11 (con un máximo global de 100 puntos). Las subvenciones se otorgarán sucesivamente a los diferentes proyectos siguiendo el orden de más a menos puntuación hasta que se agote la disponibilidad presupuestaria.

    −2 Entidades destinatarias de las subvenciones

    Pueden formular solicitud de subvención en el marco de la presente convocatoria las fundaciones, asociaciones, instituciones, organizaciones no gubernamentales y entidades de iniciativa social, todas ellas sin ánimo de lucro, que realicen actuaciones destinadas a promover la reinserción social de las personas en riesgo de exclusión social.

    −3 Requisitos de las entidades destinatarias

    Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y, además, aportar las declaraciones responsables que se detallan a continuación:

  11. Presentar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR