ORDEN GAH/83/2017, de 9 de mayo, por la que se da publicidad a las tasas vigentes para el año 2017 correspondientes a los procedimientos que gestiona el Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda
Rango de LeyOrden

La disposición adicional tercera del Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por la que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, establece que, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de la ley que modifique o cree tasas o actualice los importes de las mismas, los departamentos de la Generalidad de Cataluña que gestionen las tasas afectadas deben publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , mediante una orden del consejero o consejera competente en la materia, y con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, en la que identifiquen los servicios y las actividades que devenga cada tasa y la cuota correspondiente.

El artículo 42 de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2017, establece que los tipos de cuantía fija de las tasas vigentes de la Generalidad se elevan, para el año 2017, hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,04 a la cuantía del año 2016. Son tipos de cuantía fija los que no se determinan por un porcentaje sobre la base.

De acuerdo con el artículo 39 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Dar publicidad a las cuotas de las tasas vigentes para el año 2017 correspondientes a los procedimientos que gestiona el Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda, que se detallan en el anexo de esta Orden.

Barcelona, 9 de mayo de 2017

Meritxell Borràs i Solé

Consejera de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda

Anexo

Tasas que gestiona el Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda

  1. Concepto: tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección del personal que tiene que acceder a la Generalidad.

  2. Exenciones:

    Están exentos de la tasa, con la justificación documental previa de su situación, los sujetos pasivos en situación de desocupación que no perciben ninguna prestación económica, las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.

  3. Bonificaciones:

    –Se aplicará un 20% en los casos en que tanto la presentación de la solicitud de participación como el pago correspondiente se hagan por medios telemáticos.

    –Se aplicará un 30% a las personas miembros de familias...

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