ORDEN ENS/30/2017, de 23 de febrero, por la que se crean varios precios públicos de las enseñanzas deportivas de régimen especial que conducen a las titulaciones oficiales de técnico deportivo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

Mediante el Decreto 25/2014, de 25 de febrer, se estableció la ordenación general de las enseñanzas de régimen especial.

Por otra parte, el Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial y se aprueban las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas, modificó la estructura de las enseñanzas deportivas de grado medio, en el sentido que los organiza en dos niveles, el ciclo inicial y el ciclo final, y cada nivel la estructura en dos bloques, el común y el específico. El bloque específico incluye la formación en centros de trabajo.

Por ello, dado que es necesario crear nuevos precios públicos, teniendo en cuenta la diversidad de especialidades deportivas, de acuerdo con lo que establece el capítulo III del título I del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial,

Ordeno:

Artículo 1

Creación

Se crean los precios públicos por la matriculación en centros dependientes del Departamento de Enseñanza, en las enseñanzas deportivas de régimen especial que conducen a las titulaciones oficiales de técnico deportivo creadas al amparo del Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, que se indican a continuación:

  1. Cada 10 horas de duración, o fracción, de los módulos del bloque común del grado superior, de todas las especialidades.

  2. Bloque de Formació pràctica del grado superior, de todas las especialidades.

  3. Proyecto final del grado superior, de todas les especialidades.

  4. Cada 10 horas de duración, o fracción, de los módulos del bloque específico del ciclo inicial de técnico deportivo en baloncesto.

  5. Cada 10 horas de duración, o fracción, de los módulos del bloque específico del ciclo final de técnico deportivo en baloncesto.

  6. Cada 10 horas de duración, o fracción, de los módulos del bloque específico del ciclo inicial de técnico deportivo en esgrima.

  7. Cada 10 horas de duración, o fracción, de los módulos del bloque específico del ciclo final de técnico deportivo en esgrima.

  8. Cada 10 horas de duración, o fracción, de los módulos del bloque específico del ciclo superior de técnico deportivo superior en salvamento y...

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