ORDEN ENS/1/2017, de 10 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de becas de colaboración en el ámbito de las actuaciones del Consejo Catalán de Formación Profesional.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

Mediante el Decreto 21/1999, de 9 de febrero, se creó el Consejo Catalán de Formación Profesional (CCFP) como órgano de consulta y asesoramiento, con carácter no vinculante, del Gobierno de la Generalidad, con la participación de las organizaciones empresariales, sindicales y entidades públicas implicadas, respecto de toda la formación profesional, reglada y no reglada, adscrito al Departamento de Enseñanza.

Son funciones del CCFP, entre otras, la propuesta de estudios de detección de necesidades de formación profesional y la adecuación a las demandas de cualificación; el análisis y la propuesta de la modificación de las acreditaciones profesionales, titulaciones y certificaciones; la promoción de la colaboración entre las empresas especialmente en cuanto a la formación en centros de trabajo, la información y orientación profesionales; la búsqueda de información sobre las propuestas de cooperación entre los departamentos competentes y los agentes sociales implicados; la propuesta de medidas para promover la colaboración de las organizaciones empresariales y sindicales en la realización de la formación en centros de trabajo; la propuesta de criterios para la adaptación de la oferta formativa de formación profesional, tanto en sus diseños como en la planificación, a las necesidades del mercado laboral, teniendo en cuenta las demandas formativas de la sociedad catalana; o la elaboración de propuestas que respondan a necesidades de inserción laboral del alumnado que salga del sistema educativo sin titulación.

Asimismo, el CCFP es consciente de la necesidad de favorecer la formación práctica de las personas que realizan estudios universitarios, que acaban de obtener la graduación, o bien que cursan másteres oficiales o programas de doctorado. Por este motivo, y con el objetivo de facilitarles la incorporación al mercado de trabajo como profesionales con cualificación, el Departamento de Enseñanza cree conveniente establecer las bases reguladoras para la concesión de becas de colaboración en el Consejo Catalán de Formación Profesional, destinadas a las personas que se encuentren en alguna de aquellas situaciones.

Por ello, a propuesta del Consejo Catalán de Formación Profesional, de acuerdo con lo previsto en el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de becas de colaboración en el ámbito de las actuaciones del Consejo Catalán de Formación Profesional, que constan en el anexo de esta Orden.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, los interesados ¿¿pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la consejera de Enseñanza, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación, según lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 10 de enero de 2017

Meritxell Ruiz Isern

Consejera de Enseñanza

Anexo

Bases reguladoras

-1 Objeto

El objeto de estas bases es establecer el procedimiento de concesión de becas de colaboración en el ámbito de las actuaciones del Consejo Catalán de Formación Profesional.

-2 Finalidad

2.1 Las becas de colaboración tienen por finalidad que las personas seleccionadas puedan profundizar su formación teórico-práctica en el conocimiento y dominio de las metodologías, herramientas, instrumentos y técnicas sobre política comparada, gestión del cambio y búsqueda de información, y establecimiento de indicadores de resultados en los ámbitos funcionales que actualmente desarrolla el Consejo.

2.2 También es finalidad de las becas favorecer la incorporación del becario al mercado de trabajo, como profesionales cualificados que gozan de alguna de las titulaciones...

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