ORDEN EMO/46/2015, de 11 de marzo, de modificación de la Orden EMO/175/2014, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social, y se hace pública la convocatoria para el año 2014 (DOGC núm. 6642, de 12.6.2014).
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO |
Rango de Ley | Orden |
Dada la Orden EMO/175/2014, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social, y se hace pública la convocatoria para el año 2014. (DOGC núm. 6642, de 12.6.2014);
Dada la Resolución EMO/2610/2014, de 20 de noviembre, por la que se modifican los importes máximos destinados a la concesión de las subvenciones previstas en la Orden EMO/175/2014, de 28 de mayo (DOGC núm. 6756, de 11.24.2014);
Dado el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña; a propuesta de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo; previos los informes del Área Jurídica de la Secretaría de Empleo y Relaciones Laborales y de la Intervención Delegada del Departamento de Empresa y Empleo, y en uso de las facultades que me son atribuidas;
Por todo lo expuesto,
Ordeno:
Se modifica el artículo 2.1 de la Orden EMO/175/2014, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social, y se hace pública la convocatoria para el año 2014 (DOGC núm. 6642, de 12.6.2014), que queda redactado de la siguiente forma:
"2.1 El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 3.500.000,00 euros, y se distribuye de la siguiente manera:
Programa | Partida presupuestaria | Cuantía (€) |
1 | IU0802 D/ 470000322/3331 | 1.168.179,21 |
2 | IU0802 D/ 4700003/333 | 2.331.820,79 |
“Esta actuación es elegible dentro del Eje 2 y el Tema prioritario 71 del programa operativo del Fondo social europeo de competitividad regional y empleo de Cataluña para el periodo 2007-2013, número CCI 2007ES052PO007, con una cofinanciación del FSE del 50%.
“Para calcular el coste total certificable de las ayudas del Programa 2 se tomará como referencia el importe de la subvención, que será como mínimo el 50% de este coste total, con independencia de la aportación de las empresas, que estarán obligadas a presentar justificantes del gasto por el coste total certificable.
La resolución de...
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