ORDEN EMC/212/2017, de 18 de septiembre, por la que se aprueban las bases para la concesión de los Premios a la Innovación de las Ferias de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Empresa y Conocimiento
Rango de LeyOrden

Las empresas se encuentran a diario con la necesidad de ampliar sus contactos y de mostrar los productos a sus clientes y, por lo tanto, necesitan un espacio donde puedan relacionarse con el consumidor. Las ferias, que son uno de los mejores y más sofisticados instrumentos de marketing y comunicación que el mercado pone a disposición de las empresas, están cubriendo estas necesidades de una forma cada vez más eficiente.

Las actividades feriales reúnen a los productores y/o distribuidores, y también al consumidor final, con el objetivo de rentabilizar el tiempo, promocionar los productos y comunicar innovaciones.

Innovar es el resultado de actividades como el estudio, la investigación, el desarrollo de ideas y de conceptos, y de cuestionarse continuamente la mejora de productos, procesos, servicios y soluciones. También puede surgir de la comunicación continua con las empresas, los clientes y de los propios integrantes de la empresa. Se considera que las principales fuentes de origen de las ideas innovadoras son los clientes y las empresas, y que las nuevas ideas aparecen, en muchas ocasiones, como consecuencia de la asistencia a ferias y exposiciones.

Las entidades que organizan actividades feriales y ofrecen un servicio de valor añadido al tejido empresarial deben disponer de un reconocimiento a su actividad y a su excelente gestión.

Los Premios a la Innovación de las Ferias de Cataluña, de los que este año se convoca la decimotercera edición, tienen como principal objetivo el reconocimiento público a las organizaciones feriales de Cataluña por su excelencia y capacidad de mejora y por divulgar la importancia de la innovación, la calidad y la productividad.

Los criterios para la concesión de los Premios a la Innovación de las Ferias de Cataluña, promovidos por la Dirección General de Comercio del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalidad de Cataluña y descritos en la base 9 del anexo 1 de la presente Orden, fomentan la reflexión y el análisis de la gestión de las organizaciones feriales, a la vez que sirven para establecer planes de mejora que hagan aumentar la excelencia de esas organizaciones.

Por todo lo expuesto,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases que regulan la concesión de los Premios a la Innovación de las Ferias de Cataluña del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalidad de Cataluña que figuran en el anexo 1 de la presente Orden.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 18 de septiembre de 2017

Santi Vila i Vicente

Consejero de Empresa y Conocimiento

Anexo 1

Bases de los Premios a la Innovación de las Ferias de Cataluña

-1 Objeto de los Premios

Los Premios a la Innovación de las Ferias de Cataluña van destinados a distinguir los resultados, producidos durante el año de la convocatoria, de las organizaciones feriales catalanas que han aplicado con éxito un plan, método o técnica que suponga mejoras considerables, documentadas y mensurables de la innovación, la calidad y la productividad en los procedimientos de gestión de la propia organización o de alguna de las actividades feriales que realizan.

-2 Premios

Los Premios consisten en un trofeo y un diploma acreditativo para cada una de las entidades galardonadas.

Los Premios se pueden declarar desiertos si la Comisión de evaluación lo considera oportuno.

-3 Empresas e instituciones candidatas

Pueden ser candidatas a estos Premios las entidades feriales inscritas en el Registro de actividades feriales de Cataluña.

-4 Solicitudes y candidaturas

La selección de las candidatas se efectuará mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.

Las solicitudes deben presentarse según el modelo normalizado que estará a disposición de las personas interesadas en el Canal Empresa ( http://canalempresa.gencat.cat ).

Las personas interesadas presentarán las solicitudes por medios telemáticos, acompañadas de la documentación que prevén las presentes bases, si procede, a través del Canal Empresa ( http://canalempresa.gencat.cat ).

La identificación de la persona solicitante se hará mediante los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede electrónica y que se pueden consultar en https://seu.gencat.cat/ca/certificats-sistemes-signatura-electronica-seu.html .

En el supuesto de interrupción del funcionamiento normal de la Sede electrónica por incidencia técnica, se determinará la ampliación del plazo no vencido y se publicará en la misma Sede electrónica tanto la incidencia técnica como la ampliación concreta del plazo no vencido.

La presentación de las solicitudes también se puede realizar de acuerdo con los supuestos que prevé el artículo 25 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de les administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, de 5.8.2010).

En el caso de que una vez finalizado el plazo correspondiente no se haya presentado ninguna solicitud, la Dirección General de Comercio, junto con la Federación de Ferias de Cataluña (FEFIC), en base al conocimiento del sector ferial catalán y a la investigación y prospección que...

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