ORDEN ARP/256/2016, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Plan de gestión del rastrillo de mano, a pie, en el delta del Ebro.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

El artículo 119.3 del Estatuto de autonomía de Cataluña, establece que corresponde a la Generalidad la competencia exclusiva en materia de actividades marítimas que incluye, entre otras, la regulación y la gestión del marisqueo y el establecimiento de las condiciones para practicarlo.

La Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas, faculta al departamento competente en materia de pesca y acción marítimas, en el marco de la normativa europea, para aprobar planes de gestión de los recursos pesqueros y marisqueros para determinadas zonas, con el objetivo de garantizar una explotación de los recursos acuáticos vivos que facilite unas condiciones económicas, medioambientales y sociales sostenibles.

El Decreto 9/1987, de 15 de enero, sobre cría y recogida de marisco, establece el marco legal de los cultivos de marisco y del marisqueo y resulta aplicable en todo lo que no contradiga la regulación establecida en la Ley 2/2010.

En la zona del delta del Ebro sigue empleándose un aparejo artesanal y tradicional llamado rastrillo de mano que tiene como objetivo de captura prácticamente una única especie, la coquina. Este bivalvo endémico de las aguas costeras más someras del litoral catalán es principalmente abundante en los fondos arenosos del delta del Ebro y representa una importante fuente de ingresos para un colectivo de pescadores de esta zona. Durante los años 2014 y 2015, esta actividad pesquera ha sido sometida a las disposiciones del plan piloto de gestión aprobado por la Orden AAM/127/2014, de 9 de abril, por la que se establece un plan piloto de gestión del marisqueo de coquina ( Donax sp .) con rastrillo de mano, a pie, sin embarcación en el delta del Ebro, que ya ha agotado su vigencia. El plan ha incorporado, entre otros aspectos, la limitación del número de permisos especiales que se podrán conceder, un horario de la actividad restringido y una descripción detallada del tipo de rastrillo de mano que se puede utilizar.

Por otra parte, el banco natural de coquina del delta del Ebro está sometido también al Plan de gestión de las dragas mecanizadas, desarrollado partiendo de lo previsto en el artículo 19 del Reglamento (CE) 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CEE) 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) 1626/94, y aprobado por la Orden ARP/362/2015, de 15 de diciembre, por la que se establece el Plan de gestión de la actividad de marisqueo de bivalvos mediante dragas mecanizadas (jaulas). Este plan de gestión no incorpora el marisqueo de la coquina que se practica con draga manual, dado que esta modalidad se excluye del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) 1967/2006, cuyo artículo 2 considera como dragas únicamente las de embarcación y las mecanizadas.

Dado que el banco natural es explotado simultáneamente por dos modalidades de jaulas, una de tipo manual y otra mecanizada correspondientes a dos subsectores bien diferenciados, hay que establecer los mecanismos para garantizar una gestión homogénea a través de la aplicación de unas medidas técnicas que eviten por un lado la interferencia entre ambas modalidades y por otro aseguren la sostenibilidad pesquera de la totalidad del banco.

Durante el año 2015 se ha efectuado el seguimiento de las medidas técnicas aplicadas en el plan piloto de gestión del rastrillo de mano aprobado por la Orden AAM/127/2014, de 9 de abril. Los resultados en cuanto al incremento de las capturas han sido muy superiores a los previstos, lo que recomienda mantener similares condiciones de explotación del banco natural de coquina durante los años siguientes, con pequeños reajustes que se incorporan al presente Plan de gestión.

A pesar de los buenos resultados obtenidos en la pesquería durante el plan piloto, hay que seguir evaluando la evolución de las capturas, especialmente de un esperado...

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