ORDEN ARP/143/2020, de 5 de agosto, por la que se modifica la Orden APM/1124/2017, de 21 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la aplicación del desarrollo local participativo en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca en Cataluña 2014-2020.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

El Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), al Fondo Social Europeo (FSE), al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), y por el que se establecen las disposiciones generales relativas a estos fondos, define las disposiciones generales aplicables a las intervenciones comunitarias en el sector de la pesca y el sector acuícola y establece el marco del desarrollo local participativo.

El Reglamento (UE) 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo a la ayuda al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los reglamentos (CE) 2328/2003, (CE) 861/2006, (CE) 1198/2006 y (CE) 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo establece en su capítulo III del título V las bases reglamentarias del FEMP de las medidas para el desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas.

El Programa operativo para España del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca para el período de programación 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión de 17 de noviembre de 2015, establece las medidas financieras para el desarrollo sostenible de las zonas de pesca y acuícola.

El Reglamento delegado (UE) 2015/288 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2014, completa el Reglamento (UE) 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo al período de tiempo y las fechas en relación con la admisibilidad de las solicitudes.

Estas ayudas dan respuesta a la prioridad 4 "Desarrollo sostenible de las zonas de pesca y acuícolas" establecida en el artículo 6 del Reglamento FEMP.

La Orden ARP/193/2016, de 14 de julio, hizo pública la convocatoria para la selección de los grupos de acción local de la pesca en el marco del desarrollo local participativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), estableció el contenido mínimo de las estrategias de desarrollo local participativo y aprobó las bases reguladoras y convocó las ayudas para la preparación de estrategias de desarrollo local.

Las resoluciones de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos del 28 de octubre de 2016 aprobaron y seleccionaron, con carácter definitivo hasta la firma del convenio correspondiente, los dos grupos que participarán en la gestión de estas operaciones que cubren los territorios de Les Terres de l'Ebre y la Costa Brava.

El 7 y el 9 de junio de 2017, se firmaron los convenios entre el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y los dos grupos de acción local seleccionados para la aplicación del desarrollo local participativo en el marco del Programa operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca 2014-2020.

En dichos marco normativo y programa operativo, la Orden APM/1124/2017, de 21 de noviembre, aprobó las bases reguladoras de las ayudas para la aplicación del desarrollo local participativo en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca en Cataluña 2014-2020.

Es necesario adaptar estas bases reguladoras a la normativa entrada en vigor con posterioridad a su publicación. Es el caso de la regulación de la protección de datos de carácter personal, que se adapta a la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales, de la Orden PDA/20/2019, de 14 de febrero, sobre las condiciones para la puesta en funcionamiento de la tramitación electrónica, que hace necesario modificar algunos aspectos del procedimiento de tramitación y adaptar ciertos apartados a la nueva normativa en materia de tramitación electrónica, y de la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio, por la que se modifica la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.

Por consiguiente, de acuerdo con el artículo 92 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, a propuesta de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1 Modificar el artículo único de la Orden APM/1124/2017, de 21 de noviembre, que pasa a ser el artículo 1 y a tener la redacción siguiente:

"Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo local de Cataluña del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca para la aplicación de las estrategias de desarrollo local participativas que se publican en el anexo 1, la publicación de los datos, el ámbito territorial de actuación y los criterios de selección y priorización de proyectos de cada grupo de acción local pesquero que detalla el anexo 2.

La gestión de estas ayudas será ejercida con la colaboración de los grupos de acción local pesqueros (en adelante, GALP) seleccionados por el DARP mediante la Resolución de 28 de octubre de 2016 y firmantes del convenio de colaboración con el DARP."

Artículo 2 Añadir un artículo 2 a la Orden APM/1124/2017, de 21 de noviembre, con la redacción siguiente:

Artículo 2

Aprobar el...

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