ORDEN ECO/289/2013, de 18 de noviembre, sobre operaciones contables de cierre del ejercicio presupuestario de 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

El artículo 74 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, establece que es competencia del consejero o de la consejera de Economía y Conocimiento la organización de la compatibilidad pública.

La proximidad del final del ejercicio presupuestario del año 2013 hace necesario que se dicten normas sobre las operaciones de cierre del presupuesto, ya que la normativa que regula la contabilidad no prevé con detalle estas operaciones, por otra parte, es necesario establecer plazos para la presentación y tramitación de determinados documentos contables.

Considerando lo expuesto, a fin de regular con detalle estas operaciones contables de cierre del ejercicio, i a propuesta de la Intervención General de la Generalidad,

Ordeno:

Artículo 1

Ámbito de aplicación

Las normas que contiene esta Orden serán de aplicación en la Administración de la Generalidad de Cataluña, los organismos autónomos administrativos, el Servicio Catalán de la Salud, el Instituto Catalán de la Salud y el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales.

Artículo 2

Señalamiento de haberes del mes de diciembre

Las nóminas de los haberes del mes de diciembre deben quedar cerradas y listas y los documentos de pago extendidos no más tarde del día 13 de diciembre de 2013. Los correspondientes servicios que gestionan la nómina las deben remitir a las intervenciones delegadas antes del 18 de diciembre de 2013.

Una vez contabilizadas, las intervenciones delegadas realizarán la remisión a la Subdirección General del Tesoro antes del día 20 de diciembre de 2013.

Artículo 3

Pagos a justificar

3.1 Los mandamientos de pago a justificar de carácter esporádico que se extiendan para atender actividades que deben realizarse durante el presente ejercicio se remitirán a la Subdirección General del Tesoro con la suficiente antelación para que puedan ser satisfechos a tiempo.

Las cantidades entregadas a justificar con este carácter que no se inviertan durante el ejercicio no se pueden acumular al ejercicio siguiente, y deberán ser reintegradas a la Tesorería de la Generalidad.

3.2 La última justificación del ejercicio de los mandamientos de pago de carácter renovable se puede efectuar hasta el 30 de diciembre de 2013, de acuerdo con el procedimiento que establece la Orden del Departamento de Economía y Conocimiento de 12 de diciembre de 2001, sobre mandamientos de pago a justificar.

Por todo lo expuesto, el documento ADOP (FM) correspondiente ha de ser en efectivo y a favor de la persona habilitada correspondiente.

En el supuesto de gastos derivados de indemnizaciones por razón de servicios los documentos ADOP (FM) correspondientes deben ser remitidos a la Intervención Delegada antes del 19 de diciembre de 2013.

Artículo 4

Expedición y tramitación de documentos contables

4.1 Documentos de gestión presupuestaria de gasto

Los documentos de gestión presupuestaria de gasto del ejercicio 2013, en cualquiera de sus fases pueden presentarse a la Intervención Delegada hasta el día 20 de diciembre como máximo.

Estos documentos, debidamente fiscalizados y según las fases y los capítulos correspondientes contabilizados, pueden remitirse al Departamento de Economía y Conocimiento hasta el día 30 de diciembre de 2013, fecha en que se cerrarán las áreas informáticas a los usuarios del GECAT.

No obstante, los documentos de justificación de pagos a justificar de carácter renovable se pueden presentar en las intervenciones delegadas, de acuerdo con lo que establece el artículo anterior, hasta el día 30 de diciembre de 2013 y, en el Departamento de Economía y Conocimiento, hasta el día 15 de enero de 2014.

Los documentos que incluyan gastos derivados de indemnizaciones por razón de servicios deben remitirse remitidos a la Intervención Delegada correspondiente antes del día 19 de diciembre de 2013.

4.2 Documentos de ingresos presupuestarios.

Los documentos de ingresos presupuestarios se pueden presentar en las intervenciones delegadas hasta el día 10 de enero del 2014 y el plazo para...

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