ORDEN SSS/187/2003, de 28 de abril, de creación de la Oficina de Cooperación Sanitaria Internacional y Salud Migracional.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

SSS/187/2003, de 28 de abril, de creaciÛn de la Oficina de CooperaciÛn Sanitaria Internacional y Salud Migracional.

A raÌz del fenÛmeno creciente de la inmigraciÛn, la Generalidad de CataluÒa se ha comprometido a ofrecer los instrumentos b·sicos de integraciÛn a nuestra sociedad de la poblaciÛn inmigrante, entre los que se encuentra la atenciÛn sanitaria.

El objetivo es mejorar la salud de las personas inmigrantes y dar respuesta a sus problemas de salud especÌficos, tanto desde la vertiente curativa como preventiva.

En el marco de las actuaciones de cooperaciÛn y solidaridad internacional, de acuerdo con la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperaciÛn al desarrollo, es necesario atender los aspectos de atenciÛn sanitaria a personas que por las condiciones socioeconÛmicas de sus paÌses no podrÌan beneficiarse de los nuevos tratamientos y tecnologÌas, tanto si es necesario realizar la correspondiente actuaciÛn en los paÌses de origen como acoger las demandas de atenciÛn sanitaria especializada en CataluÒa.

Estas situaciones han dado lugar al desarrollo de programas de cooperaciÛn sanitaria internacional, en los que CataluÒa tiene una larga tradiciÛn.

Considerando los aspectos de diversidad cultural y la atenciÛn sanitaria ante problemas especÌficos de estos colectivos, asÌ como la coordinaciÛn de los citados programas, se cree necesaria la creaciÛn de un Ûrgano que consolide en el ·mbito de la atenciÛn sanitaria estos objetivos.

En consecuencia, de conformidad con lo que se ha expuesto y en uso de las facultades que me confiere el artÌculo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organizaciÛn, procedimiento y rÈgimen jurÌdico de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa,

Ordeno:

ArtÌculo 1

Se crea la Oficina de CooperaciÛn Sanitaria Internacional y Salud Migracional, Ûrgano sin personalidad jurÌdica propia, adscrita a la SecretarÌa General del Departamento de Sanidad y Seguridad Social.

ArtÌculo 2

La Oficina de CooperaciÛn Sanitaria Internacional y Salud Migracional tiene como finalidad dirigir y coordinar las actividades del Departamento de Sanidad y Seguridad Social en materia de atenciÛn sanitaria a la poblaciÛn inmigrante destinadas a la asistencia, prevenciÛn, control, investigaciÛn y formaciÛn de profesionales en CataluÒa, con especial atenciÛn a las patologÌas importantes y las enfermedades cosmopolitas.

En este sentido, desarrollar·...

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