ORDEN de 17 de julio de 2001, por la que se modifican las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la ejecución de parte del programa de mejora de la calidad de la producción de aceite de oliva para la campaña 2001-2002.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

de 17 de julio de 2001, por la que se modifican las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la ejecución de parte del programa de mejora de la calidad de la producción de aceite de oliva para la campaña 2001-2002.

Mediante el Reglamento CE 528/1999, de 10 de marzo, se establecen las medidas destinadas a mejorar la calidad de la producción oleícola y el Reglamento CE 673/2001, de 2 de abril, fija el límite de financiación para la ejecución de las diferentes actuaciones.

La Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 26 de abril de 2001, que aprueba el Programa de mejora de la calidad de la producción del aceite de oliva para la campaña 2001-2002, establece la financiación correspondiente a Cataluña para las acciones incluidas dentro del subprograma III destinadas a la asistencia técnica de las almazaras, y esto obliga a modificar la cuantía de las ayudas que se establecen en la Orden de 5 de octubre de 2000, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de parte del programa de la mejora de la calidad de la producción de aceite de oliva para la campaña 2000-2001 (DOGC núm. 3245, de 16.10.2000).

De acuerdo con la citada normativa y considerada la necesidad de establecer la regulación para la tramitación y la concesión de estas ayudas comunitarias en Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se modifica el apartado 4.2 del anexo de la Orden de 5 de octubre de 2000, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de parte del programa de la mejora de la calidad de la producción de aceite de oliva para la campaña 2000-2001, que queda redactado de la forma siguiente:

"4.2 La cuantía máxima de la ayuda será la siguiente:

"Para el diagnóstico, 100.000 pesetas (601,01 euros) por almazara; para la implantación, 200.000 pesetas (1.202,02 euros) por almazara."

Artículo 2

2.1 Se convocan las ayudas destinadas al diagnóstico para la implantación de los sistemas de análisis de riesgos y control de puntos críticos (ARCPC) en las almazaras (subprograma II.3)...

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