DECRETO 102/2009, de 23 de junio, por el que se modifican los Estatutos del Consorcio de la Vivienda de Barcelona y se ratifica el acuerdo de la Junta General de aprobación de la modificación.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

102/2009, de 23 de junio, por el que se modifican los Estatutos del Consorcio de la Vivienda de Barcelona y se ratifica el acuerdo de la Junta General de aprobación de la modificación.

En uso de las competencias atribuidas a la Generalidad de Cataluña en materia de vivienda y en virtud del artículo 137 del Estatuto de autonomía aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, se aprobó la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.

El Consorcio de la Vivienda de Barcelona fue creado en virtud del artículo 61.7 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona, para llevar a cabo la planificación, programación y gestión de la vivienda pública, en régimen de propiedad y alquiler, en la ciudad de Barcelona.

Según el Decreto 420/2000, de 27 de diciembre, se aprobaron los Estatutos del Consorcio de la Vivienda de Barcelona, que fueron modificados parcialmente por el Decreto 34/2006, de 28 de febrero.

En el artículo 6 del Decreto 34/2006, de 28 de febrero, se determinan las funciones del Consorcio de la Vivienda de Barcelona y la letra k) se prevé que podrá asumir otras funciones en materia de vivienda que la Junta General considere oportuno desarrollar en la ciudad de Barcelona.

La Junta General del Consorcio de la Vivienda de Barcelona, reunida en la sesión de 21 de mayo de 2008, acordó con el quórum previsto conforme al artículo 11.3 de los estatutos iniciar los trámites de modificación de los estatutos, con la incorporación de tres nuevas funciones relativas al fomento de la rehabilitación de viviendas, de ayudas al alquiler y de gestión de las bolsas de vivienda social. En la sesión de fecha 4 de noviembre de 2008, la Junta General del Consorcio de la Vivienda de Barcelona aprobó el acuerdo de modificación de los estatutos.

Conforme al artículo 11.5 de los Estatutos del Consorcio de la Vivienda de Barcelona, el acuerdo de modificación de estatutos requiere, además de la mayoría calificada prevista en el apartado 3 del mismo artículo, la ratificación de las entidades que integran el Consorcio.

Por todo ello, según el artículo 61 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad, a propuesta del consejero de Medio Ambiente y Vivienda, conforme al dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo único
  1. Se...

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